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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES TELEFONICA MOVILES HOLDING S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-03-2023 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Telefónica Móviles Holding S.A. contra resolución del SII que denegó parcialmente devolución de PPUA para AT 2015, confirmando determinación de Impuesto Único e insuficiencia de acreditación de gastos por intereses.
Inversiones Telefónica Móviles Holding S.A. declaró pérdida tributaria de $5.585.872.069 en AT 2015 y solicitó devolución de PPUA por $1.117.095.961. El SII inició fiscalización en diciembre 2015, emitió citación requiriendo acreditación de referencias y, tras respuesta en abril 2016, emitió Resolución N° 58 del 6 mayo 2016 que denegó parcialmente la devolución, modificó el resultado tributario y determinó Impuesto Único de $1.360.821.445 conforme artículo 21 LIR. La reclamante impugnó por vicios procedimentales y falta de acreditación de intereses como gasto deducible.
El Tribunal analizó si la Resolución del SII era el acto administrativo idóneo para fijar tributos (debería ser liquidación según artículo 24 CT) y si los gastos por intereses cumplían requisitos del artículo 31 LIR. Concluyó que la reclamante no acreditó documentación completa: faltó contrato origen del préstamo (solo presentó Amendment), no comprobó flujo de dinero mediante libro mayor y diario, y no demostró que créditos asumidos mediante aumento de capital fuesen destinados a adquisición de activos que generasen rentas gravadas. Los requisitos copulativos para deducción de gastos exigen qu
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Resolución Exenta N° 58 del 6 mayo 2016 del SII. Se declara que no procede condenar en costas a la reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
1 s.s.
“INVERSIONES TELEFONICA MOVILES HOLDING S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de fecha 24.08.2016 , por el que don Pedro Santander Peralta, en representación de INVERSIONES TELEFONICA MOVILES HOLDING S.A. , RUT N° 76.124.890-1, domiciliados para estos efectos Avenida Providencia N° 111, comuna de Providencia, Santiago, deduce reclamo en contra de la RESOLUCIÓN EX.SII N° 58, emitida con fecha 06.05.2016, notificada con fecha la misma fecha, mediante la cual el SII denegó parcialmente la solicitud de devolución de PPUA , correspondiente al AT 2015, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, RUT N° 60.803.000-K, representado legalmente por don Bernardo Seaman González, ambos domiciliados en calle Amunategui N° 66, Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de distribución de la causa.
A fs. 2, Físico no escaneable.
A fs. 3 a 60, Resolución, reclamada N° 58/2016, del 06.05.2016 y otros documentos fundantes del reclamo. Escrito de reclamo en procedimiento general de reclamaciones en contra de la resolución que indica, acompaña los documentos previamente individualizados, solicita aviso por correo electrónico, acredita personería, designa abogado patrocinante y delega poder, resolución del tribunal que tiene por interpuesto el reclamo y confiere traslado al SII y testimonio de notificación. Certificado de custodia, de fecha 27.12 .2016, N° 182-2016 y copia de reclamo de fecha 25.08.2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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