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Tribunal · solo Pro
RIVAS ARTIGAS con SII
Fecha: 13-04-2023 · Materia: Liquidación · Juez: orlando_cuevas_reyes
HA LUGAR EN PARTE+100M Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación tributaria por retiros reinvertidos, rechazando exceso de sueldo empresarial no declarado.
Luis Felipe Rivas Artigas, socio de Constructora R y R Limitada, reclamó contra Liquidación N° 108 de 2020 que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario por $252.756.713. El SII imputó subdeclaración de retiros de $672.840.000 (declaró solo $75.878.359) y exceso de sueldo empresarial. El contribuyente alegó que realizó retiro de $594.000.000 en diciembre 2016 que fue reinvertido en Inmobiliaria R y R Limitada dentro de plazo legal, beneficiándose de postergación tributaria según art. 14 letra A N° 2 LIR. Cuestionó también la determinación de exceso de sueldo empresarial por $18.7
El tribunal analizó si se cumplieron requisitos para reinversión: retiro efectivo, reinversión en sociedad con contabilidad completa, aumento de capital dentro de 20 días, e información de FUT. Estimó probado que el contribuyente acreditó reinversión conforme a ley vigente 2016, con documentos de ambas sociedades, aunque cuestionó formalidades del SII respecto a cartolas bancarias. En cuanto al sueldo empresarial, estableció que los $3.000.000 mensuales (base $2.000.000 más gratificación y movilización de ~$1.000.000) superaban límite legal de art. 31 N° 6, siendo asignaciones de movilización
Se acoge parcialmente reclamo: se deja sin efecto agregado por retiros reinvertidos ($766.096.460); se rechaza reclamo sobre exceso de sueldo empresarial ($18.942.307). Se rechaza solicitud de nulidad por falta de notificación. No hay condena en costas.
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Temuco, trece de abril de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1 , comparece don CARLOS FRANCISCO MATURANA LANZA , abogado, cédula de identidad N° 4.666.418-3, con domicilio en calle Arturo Prat N° 847, oficina 801 , Temuco, quien en representación de don LUIS FELIPE RIVAS ARTIGAS , ingeniero en construcción , cédula de identidad N° 10.711.738-5, del mismo domicilio, deduce reclamo en contra de la Liquidación N° 108, de fecha 26 de junio de 2020 , emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la que determina diferencia s de Impuesto Global Complementario por la suma de $252.756.713, incluyendo reajustes e intereses, las que se fundan en la subdeclaración de retiros por parte del contribuyente y gastos rechazados por exceso de sueldo empresarial, conforme los argumentos y fundamentos que seguidamente se exponen: 1.- En primer término, expone el reclamante que la Citación N° 23, de 6 de abril de 2020, que constituye el antecedente de la liquidación reclamada , nunca le fue notificada válidamente al contribuyente y por ende nunca fue contestada, ya que se remitió al correo electrónico rainyrivas@gmail.com el cual no corresponde y por ende nunca se tomó conocimiento de su existencia para dar cumplimiento a lo requerido por el Servicio. 2.- En cuanto a las alegaciones de fondo, expresa el ocurrente que en la Partida N° 1 de la liquidación reclamada se determina por concepto de subdeclaración de retiros e incremento de impuesto a la renta de primera categoría las sumas de $672.840.000 y $187.739.553, respectivamente. Señala al respecto , en lo que se refiere al ítem “retiros” , que en el mes de diciembre de 2016 el contribuyente de autos realizó un retiro de $600.000.000 desde Constructora R y R Limitada los que fueron reinvertidos en el mismo período tributario en la Inmobiliaria R y R Limitada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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