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Tribunal · solo Pro
VELASCO BARRAZA con SII
Fecha: 06-06-2023 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar Modificatorio
Tribunal acoge nulidad parcial de reavalúo por falta de fundamentación en la fijación del valor del metro cuadrado del área homogénea, rebajando el incremento al 20% respecto del avalúo anterior.
Carlos Velasco Barraza reclama el reavalúo de su propiedad ubicada en calle Balmaceda 2446, rol 230-198, La Serena. El avalúo aumentó de $413.646.096 a $613.059.795 (alza de 48,2%), entre el 31 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022. El valor del metro cuadrado de terreno del área homogénea CMB015 se fijó en $360.946, lo que representa un incremento del 87,7% respecto del reavalúo 2018 ($192.315). Alega que el Servicio no fundamentó estas alzas y que la propiedad carece de algunas construcciones incorporadas en el avalúo.
El tribunal establece que todo acto administrativo debe estar motivado conforme al artículo 11 inciso 2° de la ley 19.880 y al artículo 8 bis del Código Tributario. La fijación de valores en áreas homogéneas no puede ser arbitraria ni carecer de sustento en la realidad comercial. El reavalúo debe reflejar actualizaciones justas, considerando comportamiento del mercado inmobiliario, infraestructura vial y características del inmueble. La falta de fundamentación en la determinación del precio unitario del área homogénea CMB015 constituye un vicio de abuso de poder. El incremento desproporcionado
Se acoge la solicitud de nulidad parcial. Se deja sin efecto la fijación del valor del metro cuadrado para el área homogénea CMB015 que afecta la propiedad rol 230-198. Se rebaja el incremento a un máximo del 20% respecto del avalúo anterior vigente al 31 de diciembre de 2021, con vigencia desde el 1 de enero de 2022. Se rechaza condena en costas.
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RESUMEN:
PARTES: Carlos Velasco Barraza con Servicio de Impuestos Internos
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reavalúo de bien raíz no agrícola
PROCEDIMIENTO: Reclamo de los Avalúos de BBRR
CUANTÍA NETA : 3.359,69 UTM
MULTA : 0 UTM
REAJUSTE : 0 UTM
INTERESES : 0 UTM
CUANTÍA BRUTA: 3.359,69 UTM
La Serena, seis de junio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que a fojas 10 y siguientes, con fecha 3 de enero de 202 3, comparece don CARLOS ABDON AGUSTIN VELASCO BARRAZA , chileno, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad N°4.576.926 -7, con domicilio para estos efectos en Loteo Encomendero Amoldo Vásquez, casa 81, Cerro Grande, La Serena, señalando que, según lo dispuesto por el artículo 1º número 8 de la ley N° 20.322, viene en deducir nulidad en contra del proceso de reavalúo del año 2022 , en relación a los fundamentos de hecho y derecho que pasa a exponer:
Expone que, para la tasación de los bienes raíces de la segunda serie, señala la Ley de Impuesto Territorial que se confeccionarán tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos y se fijarán los valores unitarios que correspondan a cada tipo de bien. La clasificación de las construcciones se basará en su clase y calidad y los valores unitarios se fijarán, tomando en cuenta, además, sus especificaciones técnicas, costos de edificación, edad, destino e importancia de la comuna y de la ubicación del sector comercial. Las tablas de valores unitarios de terrenos se anotarán en planos de precios y considerando los sectores de ubicación y las obras de urbanización y equipamiento de que disponen, cuyo proceso y la información indicada se encuentra disponible en el portal dispuesto para tal efecto en la página web 2 del Servicio de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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