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Tribunal · solo Pro
MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA DE LA CO con SII
Fecha: 20-07-2023 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de Mutual de Seguridad contra resoluciones del SII que niegan exención de impuesto territorial, por no calificar como institución de socorros mutuos sino como mutualidad de empleadores.
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción solicitó exención de impuesto territorial para varios inmuebles conforme al Párrafo I Letra C) N°8 del Cuadro Anexo de la Ley 17.235. El SII rechazó la solicitud mediante resoluciones del 23 de julio de 2020, argumentando que la reclamante es una mutualidad de empleadores (institución de previsión social) y no una institución de socorros mutuos, y que los inmuebles prestan servicios a terceros. La reclamante interpuso recurso de reclamación sosteniendo que sí cumple los requisitos legales para acceder a la exención.
El Tribunal analiza que las instituciones de socorros mutuos se rigen por la Ley 15.177 y son entidades de solidaridad basadas en aportes voluntarios, mientras que las mutualidades de empleadores, como la reclamante, son instituciones de previsión social financiadas con cotizaciones obligatorias que administran el seguro de la Ley 16.744. Aunque la Resolución Ex. 108.827 reconoce a la reclamante como institución mutualista, su alcance es limitado al recurso específico. El Oficio Ordinario 1257 del Director del SII constituye jurisprudencia administrativa concluyendo que las mutualidades de emp
Se rechaza en todas sus partes la reclamación y se confirman las Resoluciones Ex. SII N°313, N°316, N°317 y N°315 del 23 de julio de 2020. No se condena en costas por estimar que la reclamante tuvo motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción.
RECLAMADA : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamaciones – Código Tributario.
CUANTÍA NETA : 0 UTM.
CUANTÍA BRUTA : 0 UTM.
Antofagasta, a veinte días del mes de julio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 21 y siguientes, comparece don Andrés Castillo Pérez, abogado, en representación judicial de Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, Rol Único Tributario N°70.285.100-9, ambos con domicilio para efectos legales en calle Antonino Toro N°709, Antofagasta; quien interpone reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones, en contra de las Resoluciones Ex. SII N°313, N°316, N°317 y N°315, todas emitidas con fecha 23 de julio de 2020, por el Jefe del Departamento de Avaluaciones de la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos, solicitando se dejen sin efecto, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen:
En cuanto a los antecedentes de hecho, expresa que con fecha 29 de enero de 2020 presentó solicitud administrativa ante el Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos, solicitando la exención del pago del impuesto territorial respecto de determinados inmuebles, en conformidad a lo dispuesto en el Párrafo I Letra C) N°8 del Cuadro Anexo de la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial; agregando que en repuesta a dicha solicitud, el SII emitió la Resoluciones reclamadas, argumentando que su representada no corresponde a una institución de socorros mutuos sino a una institución de previsión social, y que los inmuebles objeto de dicha presentación no corresponden a una sede social por cuanto en ellos no solo se prestarían servicios a sus adherentes sino también a terceros, por lo que no procede la exención solicitada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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