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Tribunal · solo Pro
CELEDÓN GONZÁLEZ con SII
Fecha: 24-07-2023 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra modificación retroactiva de avalúo de bien raíz por cambio de serie, dejando sin efecto resoluciones del SII que aplicaron cambios desde 2020.
Margarita Celedón González reclama contra resoluciones del SII que modificaron el avalúo de un bien raíz ubicado en Curauma, Valparaíso (rol 9601-126), desde $0 a $166.225.694 y $171.313.265, con vigencia retroactiva desde 2020-2022. El SII había clasificado el predio erróneamente como agrícola y exento, cuando en realidad poseía construcciones habitacionales. Durante un plan de fiscalización de bienes raíces en el sector de Laguna Verde se constató que debía cambiar de serie a Segunda No Agrícola con destino habitacional. La reclamante alegó falta de fundamentación en las resoluciones y aplic
El Tribunal constató que las resoluciones solo enunciaron artículos de la Ley 17.235 sin explicar su aplicación específica, vulnerando el derecho del contribuyente a actuaciones fundadas conforme al artículo 8 bis N°4 letra a) del Código Tributario. Respecto a la retroactividad, el artículo 13 inciso 1 de la Ley 17.235 establece como regla general que las modificaciones rigen desde el 1 de enero siguiente al año en que ocurra el hecho, salvo excepciones en incisos 2 y 3 que no aplican al cambio de serie. El SII se allanó totalmente a la pretensión de dejar sin efecto la modificación para el pe
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto las Resoluciones EX.SII N°A05.2023.00007980 y A05.2023.00007981, eliminando la modificación del avalúo y giros correspondientes al período 2020-2022. Se declara sin condena en costas, sin perjuicio de que el SII pueda efectuar nueva modificación con vigencia desde 2023.
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CELEDÓN GONZÁLEZ, MARGARITA DEL CARMEN BEATRÍZ
RUT N°5.369.517-5
Valparaíso, veinticuatro de julio dos mil veintitrés.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció doña Karen Alejandra Vicentela
Rivera, abogada, RUT N° 15.016.048-0, en representación de doña MARGARITA DEL CARMEN BEATRIZ CELEDÓN GONZÁLEZ, RUT N°5.369.517-5, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Yerbas Buenas 891, casa 8, Cerro Bellavista, comuna y ciudad de Valparaíso, quien interpuso Reclamo de Avalúo, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que, reclama en contra de las R esoluciones EX. SII números A05.2023.00007980 y A05.2023.00007981, emitidas ambas por la V Dirección
Regional Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos, con fecha 22.02.2023.
2. Solicita la declaración de Nulidad de D erecho Público de los actos reclamados, argumentando que estos no gozarían de fundamento alguno, y que la aplicación con efecto retroactivo de los giros emitidos por los periodos respectivos es ilegal.
3. Señala que, de la lectura de las R esoluciones reclamadas, queda de manifiesto la falta de existencia de fundamentación en cuanto a los hechos y el derecho que sustentan las mismas. Argumenta que estas, solo señalan la facultad que tiene el Director Regional para delegar sus funciones y hacen elusión a un plan de fiscalización de bienes raíces, indicando que por dicho motivo se realizó un análisis de la propiedad objeto del reclamo; efectuando una enunciación de los artículos 10 letra d), 10 letra f), 28 y 29 de la Ley N°17.235, sin señalar una explicación de estos o el por qué fueron c itadas dichas normas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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