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Tribunal · solo Pro
PEDEMONTE VÉLIZ con SII
Fecha: 06-09-2023 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge nulidad de reavalúo por falta de fundamentación del acto administrativo que aumentó avalúo de propiedad en 56,5% sin explicar razones del incremento.
Marcelo Pedemonte Véliz es propietario de bien raíz rol 56-38 en Copiapó. El SII, mediante Resolución 143 de 30 de diciembre de 2021, reavalúo la propiedad para período 2022-2025, aumentando su valor de $258.956.536 a $405.361.913 (56,5%). El valor del metro cuadrado del Área Homogénea HMB079 aumentó de $127.997 a $224.140. El contribuyente desconocía las razones del aumento y no recibió fundamentación adecuada en la etapa administrativa.
El tribunal establece que la fundamentación es elemento esencial del acto reclamado, cuya ausencia vicia tanto el acto como el procedimiento. Señala que documentación técnica acompañada en juicio no puede suplir falta de motivación administrativa previa. Destaca violación del artículo 8 bis del Código Tributario (derecho a que actuaciones del Servicio sean fundadas) y artículo 41 Ley 19.880. Analiza principios constitucionales de legalidad e interdicción de arbitrariedad. Concluye que SII no explicitó obras públicas o mejoras que justificaran el aumento, vulnerando derechos del contribuyente a
Se acoge reclamo declarando nulidad del reavalúo respecto bien raíz rol 56-38. Se deja sin efecto la fijación del valor de metro cuadrado para AH HMB079 del período 2022-2025, debiendo considerarse valor del reavalúo anterior vigente al 31 de diciembre de 2021. Se rechaza condena en costas por motivo plausible.
Copiapó, seis de septiembre de dos mil veintitrés.
VISTO:
Que a foja 13 y siguiente s comparece don RICARDO GO NZÁLEZ
ORTLOFF, abogado, cédula de identidad N°12.446.812-4, en representación de MARCELO ÁNGEL PEDEMONTE VÉLIZ , transportista, c édula de identidad N°9.012.062-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Leonidas Pérez N°3792, casa 2, comuna de Copiapó, quien d educe reclamación en contra del reavalúo fijado en la Resolución N°143, de 30 de diciembre de 2021 por el Servicio de Impuesto s Internos a su propiedad, Rol de avalúo 56-38, de la Comuna de Copiapó, para el periodo 2022-2025, en base a los siguientes antecedentes. Señala que conforme a lo dispuesto en el numeral 8, del artículo 1° de la ley N°20.322, deduce nulidad en contra del proceso de reavalúo señalando que en el mes de abril de 2022, su representado tomó conocimiento de este proceso, consultando en la página web del SII por su propiedad, imponiéndose del aumento desmesurado en el avalúo y que al revisar los valores de los planos, la carta de aviso disponible en el mismo si tio y el certificado detallado del inmueble respectivo, no le fue posible conocer las verdaderas razones del referido aumento. Expone que el numeral 2 del artículo 4° de la ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial, faculta al SII para sec torizar cada comuna del p aís en Áreas Homogéneas (AH) con características urbanas comunes y con el mismo valor, sin embargo, pueden existir ajustes mediante la aplicación de un coeficiente corrector que refleje las diferencias de valoración de terreno dentro de una misma AH .
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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