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Tribunal · solo Pro
MACKENA ECHAURREN con SII
Fecha: 29-09-2023 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de devolución de impuesto de herencia pagado en exceso por extemporaneidad: plazo de tres años se computó desde el pago del impuesto en 2008, no desde la sentencia ejecutoriada de 2015.
Luis Fernando Mackenna Echaurren falleció el 1 de abril de 2005, dejando una herencia. La sucesión aceptó con beneficio de inventario en 2008 y pagó impuesto de herencia por $274.581.811 el 31 de julio de 2008. Posteriormente, mediante ampliación del inventario se incorporó un pasivo (multa de $24.651.282.284 de la SVS), resultando en pago en exceso de impuesto. Con fecha 18 de enero de 2017, solicitó devolución del impuesto pagado en exceso, que fue rechazada por Resolución Exenta SII N° 1347 de 19 de mayo de 2017.
El Tribunal analiza la relación jurídico-tributaria entre contribuyente y Fisco, estableciendo que el SII tiene competencia para aplicar y fiscalizar el impuesto de herencias conforme al Código Tributario y su Ley Orgánica. Respecto del artículo 126 del Código Tributario y Circular SII N° 72 de 2001, concluye que el plazo de tres años para solicitar devolución se computa desde el entero en arcas fiscales (31 de julio de 2008), siendo extemporánea la solicitud presentada el 18 de enero de 2017. El Tribunal descarta que las cuestiones civiles relativas a la aceptación de herencia y beneficio de
Se rechaza el reclamo y confirma la Resolución Exenta SII N° 1347 de 19 de mayo de 2017. Se declara que no se condena en costas por haber mediado motivos plausibles para litigar.
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MAT
“LUIS FERNANDO MACKEN NA ECHAURREN con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS XV DRM SANTIAGO ORIENTE”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
En Providencia, a veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de fecha 07.09.2017, de fojas 02 a 22, por el cual compareció don Luis Fernando Mackenna Dörr, heredero de don LUIS FERNANDO MACKENNA ECHAURREN, RUN N°4.026.268-7, todos domiciliados para estos efectos en Hendaya N°60, oficina 202, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quien dedujo reclamo en contra de la Resolución Exenta SII N° 1347, de 19.05.2017, emitida por la SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Rolan en autos, A fojas 1 a 24, comprobante de Distribución de Causa; escrito de la parte reclamante, de 07.09.2017, presentando Reclamo Tributario a fojas 2 a 22; resolución que lo provee y testimonio de su notificación.
A fojas 25 a 42, copia autorizada de Mandato Judicial, María Teresa Dörr Zegers y otros a Luis Fernando Mackenna Dörr, de 27.09.2017; fotocopia simple de Resolución Exenta N° 1347, de 19.05.2017; fotocopia simple de registro de envío de correspondencia de Departamento de Fiscalización de Personas y Micro- Pequeña Empresas, XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, de 23.05.2017; copia de seguimiento y datos de entrega, Correos de Chile, número de envío 1180532485885; fotocopia simple de Certificado de Título de Abogado de don Luis Fernando Mackenna Dörr; fotocopia simple de Certificado de Título de Abogado de doña Isabel Carolina Veliz Nieto; escrito de la parte reclamante cumpliendo lo ordenado; resolución que provee las presentaciones precedentes y testimonio de su notificación.
A fojas 43 a 46 , fotocopia simple de Resolución TRA N° 246/1758/2015, de 30.10.2015; escrito de la parte reclamada asumiendo representación, resolución que lo provee y testimonio de su notificación. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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