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Tribunal · solo Pro
FISCHER BROUSSAIN con SII
Fecha: 15-03-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE+13.000M Ha Lugar
Tribunal rechaza liquidaciones por donación encubierta. Resuelve que prescripción de art. 63 LIHAD se rige por art. 200 CT, no por CC, anulando acto administrativo.
Humberto Fischer Llop vendió nuda propiedad de derechos sociales de Nueva Salmones a Inversiones Vodudahue Limitada el 29.12.2014 por $9.842.893.722. El SII inició fiscalización el 14.10.2019 sobre Fischer Llop (años 2014-2019) e Inversiones Vodudahue Limitada (años 2015-2019) para verificar cumplimiento tributario en LIR y LIHAD. El 12.08.2020 se citó a sus tres hijos (contribuyentes) por donación encubierta según art. 63 LIHAD. Respondieron la citación. El 02.06.2021 se liquidó impuesto de donaciones por $3.541.948.219. Se interpusieron reposición y recurso jerárquico, ambos rechazados.
El tribunal constata hechos establecidos sin controversia: venta de nuda propiedad con precio de $9.842.893.722, pagadero en cuotas desde 2017; novación por pagaré el 23.09.2015; pago parcial de US$4.700.000 el 20.10.2016. El SII recalificó la operación como donación encubierta. El tribunal analiza dos cuestiones: (1) nulidad por falta de competencia material y temporal del SII; (2) norma aplicable de prescripción. Resuelve que la prescripción de la acción fiscalizadora emanada del art. 63 LIHAD se rige por art. 200 CT (plazo extraordinario de 6 años), no por art. 2.521 CC como alegó el SII. D
Se acoge el reclamo y se anulan las liquidaciones N° 44, 45 y 46 de fecha 02.06.2021, por infracción a normas de prescripción tributaria. Se deja sin efecto los actos administrativos derivados por falta de competencia temporal del SII.
Puerto Montt, quince de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Jaime Del Valle Valenzuela, RUT N°13.831.781-1, abogado, en representación de María Teresa del Pilar Fischer Broussain, RUT N° 16.048.451-9, domiciliados en Benavente N°550, piso 12, comuna de Puerto Montt; quien interpone reclamo tributario en contra la Liquidación N° 44, de fecha 02 de junio de 2021, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo con los argumentos que expone.
A fojas 522, en causa acumulada Rol · solo Pro, comparece don Jaime Del Valle Valenzuela, RUT N°13.831.781-1, abogado, en representación de Josefina Francisca Magdalena Fischer Broussain, RUT N° 18.173.799-9, domiciliados en Espoz N°3150, oficina 504, comuna de Vitacura, Santiago; quien interpone reclamo tributario en contra la Liquidación N°46, de fecha 02 de junio de 2021, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo con los argumentos que expone.
A fojas 1063, en causa acumulada Rol · solo Pro, comparece don Jaime Del Valle Valenzuela, RUT N°13.831.781-1, abogado, en representación de Sebastián Humberto Ignacio Fischer Broussain, RUT N° 16.320.277-8, domiciliados en Espoz N°3150, oficina 504, comuna de Vitacura, Santiago; quien interpone reclamo tributario en contra la Liquidación N°45, de fecha 02 de junio de 2021, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo con los argumentos que expone
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 189143,45; Cuantía Bruta UTM 189143,45.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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