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Tribunal · solo Pro
SALINAS ROGAZY con SII
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación N°290401704 por error de cálculo en doble cobro de créditos por impuesto de primera categoría, anulando el acto y ordenando nueva liquidación correcta.
Sergio Salinas Rogazy declaró en formulario 22 del año 2019 rentas por $18.975.000 en línea 6 (otras rentas propias de empresas sin contabilidad completa) con crédito por impuesto de primera categoría de $243.750. El SII notificó citación N°191306389 por presuntas inconsistencias en los códigos 954 y 958, que el contribuyente no respondió. Consecuentemente, el SII emitió liquidación N°290401704 determinando diferencia de impuesto global complementario de $489.938, cuando debería haber sido $243.750.
El tribunal reconoce que el SII cometió error de cálculo involuntario al aplicar un doble cobro: el crédito declarado ascendía a $243.750, pero la liquidación estableció diferencia por $487.500 (el doble). El SII mismo reconoció este error en su contestación al reclamo. Aunque la renta provenía de arriendo de bien raíz (exenta de impuesto de primera categoría según art. 39 N°3 LIR), lo que cuestionaría el derecho al crédito, el error de cálculo es sustancial pues causa perjuicio patrimonial al contribuyente y requiere anulación del acto viciado. El tribunal estima insuficiente la prueba aporta
Acoge parcialmente el reclamo, anula liquidación N°290401704 y ordena al SII emitir nueva liquidación correcta por suma de $243.750 debidamente reajustada. Se libera de costas a la parte reclamada por no haber sido completamente vencida.
1
Puerto Montt, treinta de junio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Francisco Rosas Maldonado , RUT N°18.351.266-8, abogado, en representación de Sergio Salinas Rogazy, RUT N°11.159.855- K, ambos domiciliados en calle Concepción 120, Edificio Doña Encarnación, oficina 703, comuna de Puerto Montt, quien interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N°290401704 de fecha 27 de abril de 2022, solicitando que sea dejada sin efecto, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 8,51;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 1,29; Intereses UTM 5,3; Cuantía Bruta UTM 15,1.
En cuando a los antecedentes de hecho en que fundamenta su reclamo, señala que con fecha 18 de enero de 2022 el Servicio de Impuestos Internos notificó la Citación N° 191306389 de fecha 14 de enero de 2022. En la citación, se le informó al contribuyente que, tras la verificación practicada a la Declaración Anual de Impuesto a la Renta del Año Tributario 2019, folio Nº 240979619, surgieron las siguientes discrepancias: “Código G14: La procedencia del crédito por Impuesto de Primera Categoría de otras rentas propias y/o de terceros provenientes de empresas que declaren su renta efectiva y no la declaren según contabilidad completa, atribuidas según Art. 14 letra C) N° 1 de la LIR, y rentas atribuidas propias y/o de terceros provenientes de empresas sujetas al Artículo 14 ter, letra A) de la LIR, declarados en el los códigos [954] y [958] del F22, respectivamente, folio 240979619 del año tributario 2019, cuyo monto asciende a $ 243.750, debido a que es mayor a lo informado por terceros al SII y/o es mayor a lo que le corresponde por las rentas propias declaradas, determinadas por contabilidad simplificada”. Asimismo, menciona la forma en que se aplica lo dispuesto en el artículo 56 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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