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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES MPA LTDA. con SII
Fecha: 31-01-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones MPA contra liquidación N°10 por corrección monetaria en deuda, al no acreditarse pacto válido de reajustabilidad conforme a normativa bancaria.
Inversiones MPA Ltda. reclama liquidación N°10 (2022) que rechaza corrección monetaria por $444.366.120 aplicada a deuda adquirida en 2008 mediante subrogación de pagaré del Banco de Chile. La deuda fue reacomodada en 2011 mediante escritura pública con Rentas Río Claro Ltda., registrándose anualmente con reajustes según IPC. SII efectuó dos fiscalizaciones paralelas sobre el mismo crédito (AT 2018 y 2019), cuestionando la pertinencia de los reajustes y concluyendo que MPA buscaba generar pérdidas tributarias sin razón de negocio.
El tribunal analiza que el crédito original con Banco de Chile era obligación en pesos con interés del 7,056%, no reajustable conforme a Ley 18.010 y autoridades del Banco Central. Por subrogación (CC arts. 1608, 1612), el nuevo acreedor no podía establecer mecanismo de reajuste no autorizado, según Ley 18.840 art. 35 N°9. Los reconocimientos de deuda constituyen mera manifestación unilateral sin acuerdo bilateral. Para que reajuste sea tributariamente reconocible (DL 824, art. 41), requiere pacto expreso entre partes, no acreditado en autos. La presunta novación tampoco fue probada. Así, no e
Se rechaza en todas sus partes el reclamo de Inversiones MPA Ltda. contra liquidación N°10 de 28 julio 2022. Se confirma la liquidación. Se condena al actor en costas.
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Puerto Montt, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro.
VISTOS,
A fojas 1, comparece don Christian Löbel Emhart , RUT N°10.929.219-2, abogado, en representación de Inversiones MPA Ltda., RUT N°76.897.150-1, ambos domiciliados en Polpaico 037, Puerto Montt, quien interpone reclamo tributario en contra la Liquidación N°10, emitida con fecha 28 de julio de 2022, solicitando que sea dejada sin efecto, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 1930,67;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 393,86; Intereses UTM 1359,85; Cuantía Bruta UTM 3684,38. En cuando a los antecedentes de hecho en que fundamenta su reclamo, señala que el S.I.I. efectuó “en paralelo”, 2 fiscalizaciones sobre una misma situación. Una a cargo de la “Dirección de Grandes Contribuyentes” (Año tributario 2019), culminó con la liquidación N°10 del año 2022, que ahora se reclama. La otra fue realizada por la Dirección Regional del SII en Puerto Montt (Año tributario 2018), de la cual provienen -sobre esta materia - las liquidaciones 183 y 185, que también fueron reclamadas judicialmente. La liquidación reclamada, N°10, evidencia que al tiempo de emitirse el S.I.I. conocía la existencia y contenido de las liquidaciones 183, 184 y 185, del 31 de agosto de 2021, de la Dirección Regional de Puerto Montt, con el mismo reproche tributario sobre la corrección monetaria aplicada a l mismo crédito. Sin embargo, no analizó los antecedentes que el actor aportó al Servicio de Impuestos Internos en el otro proceso, y sólo así llega a concluir que MPA no habría presentado la documentación que pidió el SII en su Dirección Regional de Puerto Montt, cuando -en cambio- ésta determinó que tales antecedentes habían sido presentados en su totalidad, incluidos los de empresas relacionadas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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