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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES MARSOL LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 12-12-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones que rechazaban gastos ya validados por sentencia ejecutoriada, anulando actos administrativos por vulnerar cosa juzgada y principios de economía procedimental.
Inversiones Marsol Limitada reclamó devolución de $116.489.532 por año tributario 2016. El SII rechazó la devolución mediante Resolución Nº 72 de 2017. Marsol reclamó ante el Tribunal Tributario, que acogió sobre 96% de sus alegaciones. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió íntegramente la apelación el 20 de noviembre de 2018. Posteriormente, el SII emitió Liquidaciones Nºs. 61 y 62 del 30 de agosto de 2019, rechazando exactamente los mismos gastos ya validados judicialmente, sobre intereses bancarios, corrección monetaria de pasivos y otros gastos operacionales.
El Tribunal consideró que las Liquidaciones Nºs. 61 y 62 vulneran la sentencia ejecutoriada de la Corte de Apelaciones que reconoció la legalidad de los gastos deducidos. El SII no solicitó fianza de resultas para suspender los efectos de la sentencia durante la tramitación del recurso de casación ante la Corte Suprema, por lo que carece de facultad para desconocer los efectos de lo decidido. Asimismo, el Tribunal concluyó que existe vulneración del artículo 9 de la Ley 19.880 sobre economía procedimental, pues la demora de más de dos años en emitir las liquidaciones genera duplicación injusti
Se acoger el reclamo deducido por Inversiones Marsol Limitada, dejando sin efecto las Liquidaciones Nºs. 61 y 62 de 30 de agosto de 2019. Se condena al Servicio de Impuestos Internos al pago de costas del procedimiento.
Mil ciento veintitrés 1123
Punta Arenas, a doce de diciembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 112 y siguientes comparece don Andrés Vio Veas, abogado, RUT Nº 13.672.193-3, en representación de Inversiones Marsol Limitada, RUT Nº 78.275.840-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Colón Nº 452, comuna de Punta Arenas, interponiendo reclamo ante este Tribunal conforme al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones Nºs. 61 y 62, de fecha 30 de agosto de 2019, notificadas por cédula en la misma fecha, emitida por la Directora Regional de la XII Dirección Regional Punta Arenas del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que las mismas sean dejadas sin efecto, con expresa y ejemplar condena en costas. Lo anterior, conforme a los argumentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
I.- ACERCA DEL PLAZO DE INTERPOSICIÓN DEL RECLAMO TRIBUTARIO
Señala que las Liquidaciones Nºs. 61 y 62 fueron emitidas y notificadas el 30 de agosto de 2019, y que se interpuso recurso de reposición administrativa voluntaria el día 16 de octubre de 2019.
Que, la resolución RAV fue notificada con fecha 25 de febrero 2020, por lo que la presente acción está presentada dentro del plazo contemplado en el artículo 124 inciso tercero del Código Tributario.
II.- ANTECEDENTES
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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