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Tribunal · solo Pro
SII con DROPPELMANN TOLEDO
Fecha: 10-01-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA Ha Lugar
Se acoge denuncia por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA. Se condena al contribuyente al pago de multa equivalente al 100% del tributo defraudado ($2.977.734).
Francisco Javier Droppelmann Toledo registró y declaró en sus Formularios 29 de agosto 2017 y junio 2018 dos facturas falsas emitidas por Comercializadora San Agustín SPA (folios 6 y 56). Estas facturas no corresponden a operaciones reales, pero fueron utilizadas para aumentar indebidamente los créditos fiscales de IVA. El perjuicio fiscal ocasionado ascendió a $2.215.699, actualizado a $2.977.734 en noviembre 2023. El denunciado aceptó los hechos en sus descargos.
El tribunal constató que el denunciado, con maniobras maliciosas, utilizó facturas falsas para aumentar créditos fiscales respecto de cantidades a pagar. Los hechos configuran el ilícito del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario en grado consumado. Se acreditó que el proveedor (Comercializadora San Agustín) nunca realizó las operaciones consignadas en las facturas. El denunciado compró las facturas a través de intermediarios (Pablo Astudillo), lo que revela conocimiento de la conducta ilícita. Aplicando las circunstancias modificatorias (conducta anterior irreprochable), se aplica el
Se acoge el acta de denuncia y se condena a Francisco Javier Droppelmann Toledo a pagar multa equivalente al 100% del tributo defraudado, ascendente a $2.977.734 pesos actualizado a noviembre 2023.
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Puerto Montt, diez de enero de dos mil veinticuatro
VISTOS,
A fojas 1 rola reservado DJ N° 3 del Departamento Jurídico del Servicio de Impuestos Internos, al cual se adjunta Acta de Denuncia N° 1 de fecha 1 5 de noviembre de 2023, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la X Dirección Regional Puerto Montt, en contra del contribuyente Francisco Javier Droppelmann Toledo, RUT N° 16.894.962-6, giro de “Transporte de carga por carretera” y “Prestación de Servicios Personales”, domiciliado en Fundo el Cerro N°1035, comuna de Puerto Varas, por haber incurrido en la infracción del artículo 97 N°4 inciso 1° y 2° del Código Tributario. Lo anterior según los antecedentes que en el acta se expresan y que se reproducen a continuación.
En cuanto a la conducta constitutiva de infracción, el Servicio de Impuestos Internos a través del acta respectiva, señala que, de acuerdo al Informe de recopilación N° 601, de fecha 04 de noviembre de 2022, el contribuyente realizó maniobras maliciosas destinadas a aumentar el verdadero monto de los créditos fiscales del impuesto al valor agregado amparado en facturas falsas , incorporando en su registro de compras y declarando en los Formularios Nº29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos correspondientes a los períodos tributarios agosto 2017 y junio 2018, 2 (dos) facturas falsas emitidas por Comercializadora San Agustín SPA, RUT N'76.757.462 -2, quien no realizó las operaciones que estas consignan, aumentando así los Créditos Fiscales IVA que tenía derecho hacer valer, en relación a las cantidades que debía pagar, generando un perjuicio fiscal en Impuesto a las Ventas y Servicios que asciende a $2.215.699. -, que actualizado a noviembre 2023 alcanza a $2.977.734.-
Cuantía Neta UTM: 46,56; Multa UTM: 0; Reajuste UTM: 0;
Intereses UTM: 0; Cuantía Bruta UTM: 46,56.
Los antecedentes para impugnar estas facturas son los siguientes:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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