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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-01-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA Ha Lugar
Se acogió denuncia por infracción del art. 97 N°4 inc.2° CT: contribuyente registró 23 facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, condenado a multa equivalente al 100% del tributo defraudado.
El SII denunció a Fabián Esteban Aro Mansilla por haber registrado contablemente y declarado en formularios 29 un total de 23 facturas electrónicas falsas provenientes de cinco proveedores (octubre 2015 a junio 2016), utilizando el IVA de estos documentos como crédito fiscal. Además, en los períodos de agosto 2015, octubre 2015 y junio 2016, declaró montos de crédito fiscal mayores a los registrados en libros y omitió declarar débito fiscal. El contribuyente no presentó descargos.
El tribunal, aplicando las reglas de sana crítica, estableció como hechos probados: (i) registro contable y declaración maliciosa de 23 facturas falsas que aumentaron indebidamente el crédito fiscal, siendo estas operaciones ficticias de proveedores inexistentes o con irregularidades graves (domicilios falsos, guías de despacho faltantes, documentación posterior a fecha de emisión); (ii) discrepancias entre libro de compras-ventas y declaraciones en formularios 29 respecto a crédito y débito fiscal; (iii) perjuicio fiscal de $15.967.268 por IVA al octubre 2018. Los hechos constituyen infracció
Se acogió acta de denuncia N° 2/2018 por infracción consumada del art. 97 N°4 inc.2° CT. Se condenó a Fabián Esteban Aro Mansilla a pagar multa de $15.967.268 (equivalente al 100% del tributo defraudado) a beneficio fiscal. Se ordenó cumplimiento administrativo por el Director Regional del SII.
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Puerto Montt, veintiocho de enero de dos mil diecinueve.
VISTOS,
A fojas 1 rola r eservado DJ N° 02 del Departamento
Jurídico del Servicio de Impuestos Internos, al cual se adjunta Acta de Denuncia N° 2/2017 de f echa 11 de diciembre de 201 8, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la X Dirección Regional Puerto Montt, en contra del contribuyente FABIÁN ESTEBAN ARO MANSILLA , RUT N° 17.890.545-7, giro de “servicio de acuicultura, venta de productos del mar, reparación de pallets y venta de carnada ”, domiciliado en Paipote, número1987 , comuna de Puerto Montt, por haber incurrido en las infracciones del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Lo anterior según los antecedentes que en el acta se expresan y que se reproducen a continuación.
Se s eñala que el contribuyente se encuentra afecto a Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a la Renta de Primera Categoría, y que como consecuencia del Plan Focalizado denominado destinado a verificar a contribuyentes receptores de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) falsos , se procedió a la revisión de los antecedentes , y documentación contable y tributaria del auditado con fecha 05 de octubre de 2016, constatándose que el contribuyente registró en su Libro de Compras, en los periodos octubre 2015 a junio 2016, 23 documentos tributarios falsos, utilizando el Impuesto Valor Agregado que consignan dichos documentos falsos, en los respectivos formularios 29 y además de emplear otras maniobras para rebajar la carga tributaria que le correspondía pagar, consistentes en: a) Aumento indebido de crédito fiscal y subdeclaración de débito fiscal en el Periodo Tributario 08/2016 , según lo registrado en el libro de compras y ventas en relación con los respectivos formularios 29:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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