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Tribunal · solo Pro
SUCESIÓN DE DON VICENTE ABELARDO MELLA QUEZADA con SII
Fecha: 19-02-2024 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamo de sucesión contra liquidación de IGC por falta de justificación de origen de fondos en compra de inmueble, desestimando vicios procedimentales y prescripción alegados.
Vicente Abelardo Mella Quezada falleció el 8 de octubre de 2015. El SII le cursó Citación N°132314773 el 16 de diciembre de 2015 (posterior a su muerte) para justificar origen de fondos en compra de inmueble de Av. Presidente Riesco N°4039, Las Condes, por $16.500 UF el 6 de enero de 2012. La inversión se pagó en tres cuotas: $50.000.000 (6 abril 2011), $177.000.000 (2 noviembre 2011, mediante préstamo de su hija Coralia) y $138.140.999 (6 enero 2012, con financiamiento de Ficap S.A.). Emitida Liquidación N°1062 del 30 agosto 2016 por $140.721.708 de IGC más reajustes e intereses por $258.027.
El tribunal analiza los requisitos de acreditación del origen de los fondos según el artículo 70 de la LIR. Respecto del primer pago de $50.000.000: no existe acreditación de que provenían de ahorros previos con tributación cumplida. Respecto del segundo pago de $177.000.000: se establece que Coralia Mella Benítez vendió inmueble por UF 9.410 el 4 octubre 2011, teniendo fondos disponibles; otorgó préstamo a su padre garantizado con pagaré; la entrega material se efectuó mediante endoso de depósitos a nombre de Coralia a la promitente vendedora, operación válida. El tribunal desestima vicios pr
Se rechaza íntegramente el reclamo. Se confirma la Liquidación N°1062 por falta de justificación suficiente del origen de los fondos para la inversión inmobiliaria, especialmente respecto de los pagos de $50.000.000 y el tratamiento tributario de la operación de crédito.
“SUCESIÓN DE DON VICENTE ABELARDO MELLA QUEZADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Santiago Oriente”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
En lo principal de fojas 1, comparece don Cristóbal Riffo Rubio, abogado, RUT N°12.146.692-9, domiciliado en El Regidor N°66, piso 10, comuna de Las Condes, en representación de Mercedes Yolanda Benítez Latorre, jubilada, RUT N°3.353.366-7, Coralia Yolanda Mella Benítez, factor de comercio, RUT N°6.442.645-1, María Angélica Mella Benítez, factor de comercio, RUT N°6.442.646-K, y Abelardo Juan Guillermo Mella Benítez, empleado, RUT N°6.442.647-8, todos miembros de la comunidad hereditaria formada al fallecimiento de don Vicente Abelardo Mella Quezada, RUT N°2.697.663-4, todos con domicilio en calle Los Oleandros N°981, depto. 401, comuna de Las Condes, quien, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Liquidación N°1062, emitida por el Departamento de Fiscalización de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), con fecha 30 de agosto de 2016 y notificada en esa misma fecha, por concepto de Impuesto Global Complementario por el monto de $140.721.708.-, más reajustes e intereses, por un monto total de $258.027.323.- y solicita en definitiva, que sea dejada sin efecto en su totalidad o en subsidio se declare la prescripción total o parcial de las obligaciones que se cobran en ésta, de conformidad a la peticiones contenidas en el capítulo tercero de su reclamo, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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