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Tribunal · solo Pro
SOTO VIDAL con SII
Fecha: 11-04-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente por falta de notificación de liquidación de impuesto global complementario por $20.034.834, dejando sin efecto el acto administrativo.
Jessica Soto Vidal reclamó la liquidación N°170402873 del 17 de julio de 2020, que determinó una diferencia de impuesto global complementario de $20.034.834 para el año tributario 2017. La contribuyente alegó no haber sido notificada de la citación N°271301983 ni de la liquidación reclamada. El SII sostuvo haber enviado las notificaciones por carta certificada a través de Correos de Chile. La reclamante sólo tuvo conocimiento de los actos al ser notificada de un procedimiento de cobro por Tesorería en febrero de 2023.
El Tribunal estableció como puntos de prueba verificar si se notificaron efectivamente la citación y liquidación, así como acreditar el domicilio registrado en el SII. Luego de analizar la prueba documental, constató incongruencias en los documentos del Servicio respecto a fechas de envío y discrepancia con los registros de Correos de Chile, quien informó no tener registro de envíos a la reclamante en las fechas alegadas. El Tribunal consideró que la notificación por carta certificada requiere intervención de Correos y constatación en sus sistemas. La falta de acreditación de notificación vici
Ha lugar al reclamo interpuesto por Jessica Soto Vidal. Se deja sin efecto la liquidación N°170402873 de 17 de julio de 2020. Sin costas. Una vez ejecutoriada, dispóngase cumplimiento administrativo por el SII.
CAUSA : “SOTO VIDAL, JESSICA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A ONCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO.
I. VISTOS:
UNO. DEL RECLAMO.
Presentación de fojas 1, de 12 de abril de 2023, por medio de la cual doña JESSICA CAROLINA SOTO VIDAL, Rol único tributario Nº13.717.575, domiciliada en Loma Linda N°120, Rinconada de Parral de Purén, comuna de Coltauco, por la cual deduce reclamo en contra de las actuaciones que se detallan a continuación, en base a los fundamentos de hecho y derecho, que se resumen en los apartados siguientes : Citación N°271301983 de fecha 6 de abril del año 2020, y de su respectiva notificación; y Liquidación N° 70402873 de fecha 17 de julio del año 2020 y su respectiva notificación, todas del departamento de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, en adelante denominado indistintamente como el Servicio o SII.
La reclamante señala que, respecto de la declaración de impuesto a la renta folio Nº0244792287 correspondiente al año tributario 2017, en la que solicitó una devolución de $2.263.727 pesos, se le notificó la Resolución Exenta N°1702206153, a través de cual se le indico por el SII no se accedería a ella, basándose en el artículo 21 del Código Tributario e inciso primero del artículo 35 del mismo texto legal. Al respecto señala que desconoce cómo se notificó esta carta. No consta en el sistema interno del SII, ni tomó conocimiento de ella. Por eso afirma, sin temor a equivocarse, que no se notificó a su domicilio ni por cédula ni por carta certificada.
Agrega que, por carta de fecha 23 de marzo del año 2020 correspondiente a la Resolución Exenta N°270200457, que en su parte resolutiva dispone que “DÉJESE SIN EFECTO RES. N°EX_170206153, de fecha 9 de enero de 2020, emitida al contribuyente JESSICA CAROLINA SOTO VIDAL, RUT 13.717.575-4, conforme a lo indicado en los considerandos 4, 5 y 6 antes expuestos." Respecto de esta nueva resolución también señala que no se le notificó.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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