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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA DUOPOLIS LIMITADA con XIV DRM STGO PONIENTE SII
Fecha: 09-05-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZAAvalúo +100M No Ha Lugar
Reclamo contra reavalúo de bien raíz que aumentó 57,3% sin justificación, alegando violación de proporcionalidad tributaria y errónea aplicación de tablas de clasificación.
Inmobiliaria Duopolis Limitada es propietaria de terreno en Calle Puerto Montt 3734, Renca, rol 2124-11 (fusión de roles 2124-9, 2124-10 y 2124-11). El SII tasó el inmueble en $759.750.990 mediante Resolución Exenta 28, representando un aumento de 57,269% respecto al avalúo anterior de $483.090.567. La contribuyente sostiene que no hubo cambios sustanciales en el inmueble ni en su área que justifiquen tal incremento.
La contribuyente alega que el nuevo avalúo viola el artículo 149 N°2 del Código Tributario por errónea aplicación de tablas de clasificación. Argumenta que aunque el SII tiene facultades discrecionales para determinar áreas homogéneas y tasaciones, éstas están limitadas por garantías constitucionales, especialmente el artículo 19 N°22 de la Constitución que consagra la igual repartición de tributos en proporción a las rentas y prohíbe tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. Sostiene que la valoración administrativa desproporcionada respecto del incremento real del valor vulnera
El texto presenta argumentaciones preliminares de ambas partes pero no incluye la resolución final del tribunal respecto de la procedencia o rechazo del reclamo.
“INMOBILIARIA DUOPOLIS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO PONIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Cuantía: No aplica.
Santiago, nueve de mayo del dos mil veinticuatro.
VISTOS.
A folios 1 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 19 de diciembre del año 2018, comparece don Ramón Alejandro Dreyse Dañobeitía, cédula nacional de identidad N° 15.385.004-6, en representación convencional de INMOBILIARIA DUOPOLIS
LIMITADA, R.U.T. Nº 76.412 .267-4, quien en tiempo y forma, interpone reclamo tributario de acuerdo a lo dispuesto en el artículos 149 N° 2 del Código Tributario , en contra de l reavalúo o nuevo avalúo, efectuado en base a la resolución exenta Nº 28 del Servicio de Impuestos Internos, que refunde y complementa las resoluciones exentas Nº 128, de 29 de diciembre de 2017 y otras, que fijan valores de terrenos y construcciones para el reavalúo general de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola, para el inmueble de propiedad de su representada, ubicado en Calle Puerto Montt N° 3734, Loteo La Primavera, comuna de Renca, rol de avalúo Nº 2124 -11, solicitando se deje sin efecto y , en consecuencia, se disponga una rebaja sustancial al avalúo otorgado a dicho terreno, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
I. FASE DE DISCUSIÓN. Los hechos y el derecho:
A. EL RECLAMO TRIBUTARIO.
I. Antecedentes preliminares:
Señala el representante de la contribuyente que, su representada es propietaria del inmueble antes individualizado, el cual fue “tasado” por el Servicio de Impuestos Internos en la suma de $759.750.990 .-, lo que corresponde a un 57,269% sobre su avalúo previo, correspondiente a la suma de $483.090.567, la cual, a su entender, resulta excesiva e injusta por diversas razones conforme se explicará.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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