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Tribunal · solo Pro
SII con SERV FORESTALES Y AGRICOLAS EMILIO SANDOVAL EIRL
Fecha: 14-05-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Confirma denuncia por maniobras maliciosas para aumentar crédito fiscal mediante facturas falsas de empresas papel. Impone multa de 200% del perjuicio fiscal.
El SII denunció a Servicios Forestales y Agrícolas Emilio Sandoval EIRL por registrar y declarar 10 facturas falsas de proveedores inexistentes (empresas papel) sin operaciones reales, entre agosto 2019 y marzo 2020. El contribuyente reconoció en declaración jurada haber comprado las facturas a intermediarios, pagando solo parte de su monto, para obtener indebidamente crédito fiscal IVA. Las supuestas proveedoras carecían de equipos, trabajadores, domicilio y no presentaban declaraciones mensuales de impuestos.
El tribunal verificó documentalmente que las facturas registradas no corresponden a operaciones reales, pues los emisores no contaban con medios para realizarlas ni el denunciado aportó prueba de efectividad. El propio contribuyente admitió haber comprado las facturas. Aplicó artículo 107 CT considerando: grado de cultura del infractor y participación directa en los hechos (agravante); ausencia de reincidencia (atenuante); perjuicio fiscal de $20.997.618 actualizado a $21.774.530 en mayo 2024 (agravante). El SIIno dedujo querella, por lo que procede solo sanción pecuniaria. La multa se fijó en
Confirma Acta de Denuncia N°3 por infracción artículo 97 N°4 inciso 2° CT. Aplica multa de $43.549.060 (200% de perjuicio fiscal reajustado). Ordena giro de multa sin condena en costas. Director Regional ejecutará cumplimiento administrativo.
Concepción, catorce de mayo de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
Que, con fecha 15 de mayo de 2023, se recibió por este Tribunal el Acta de Denuncia n.° 3, de fecha 11 de mayo del mismo año, rolante a fojas 2 y siguientes, que da cuenta de la infracción del artículo 97 n.°4 inciso 2° del Código Tributario, consistente en realizar maniobras maliciosas a través de las cuales incrementó indebidamente su crédito fiscal, siendo contribuyente del Impuesto al Valor Agregado, la cual fuera remitida por el Servicio de Impuestos Internos para los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 161 de la misma norma, y se encuentra formulada en contra de la contribuyente SERVICIOS FORESTALES Y AGRICOLAS EMILIO DANIEL SANDOVAL
NAVARRETE E.I.R.L. , Rut n.° 76.698.544-0, representada legalmente por don Emilio Daniel Sandoval Navarrete , Rut n.° 15.215.690-1, ambos domiciliados en Avenida El Tejar n° 1940, comuna de Chillan.
En esta Acta, se hace un relato de los antecedentes del procedimiento que le diera origen, y señala que, de la auditoría practicada a la contribuyente, se detectó el aumento malicioso del verdadero monto de créditos fiscales y la correspondiente declaración de renta falsa. Luego, sostiene que la falsedad de las declaraciones de IVA radica en que se constató que el contribuyente registró y declaró el crédito fiscal de un total de 10, proveniente de diversos proveedores, quienes no realizaron las operaciones que dichos documentos tributarios consignan y que consistían en empresas de papel, las cuales solo fueron creadas con el solo objeto de facilitar su documentación tributaria, a saber; 1.- Sociedad Agrícola y Forestal Los Mañios SpA. RUT: 77.137.784-K.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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