Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SII con SEPÚLVEDA CERDA
Fecha: 30-07-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del CT por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA y aplica multa de $93.717.723 equivalente al 260% de impuestos evadidos.
Contribuyente Graciela Adriana Sepúlveda Cerda, dedicada a agricultura y comercialización de frutas, registró y declaró en períodos febrero 2014 a febrero 2016 tres facturas ideológicamente falsas provenientes de dos supuestos proveedores que actuaban como facilitadores de documentos tributarios. Las facturas respaldaban créditos fiscales IVA ficticios por operaciones inexistentes. Los supuestos proveedores reconocieron en declaraciones juradas haber solo emitido facturas sin ver los productos ni vehículos de transporte, recibiendo comisiones.
El tribunal estima que los hechos quedan acreditados por el acta de denuncia emitida por funcionarios con calidad de ministro de fe, sin que la contribuyente presentara descargos. La infracción se configura por utilización maliciosa de facturas falsas tendiente a aumentar el monto de créditos fiscales IVA respecto de cantidades a pagar, tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2 CT. En aplicación del artículo 107 CT se consideran agravantes: grado de cultura suficiente, perjuicio fiscal alto ($35.830.296), falta de cooperación y dolo evidenciado en reiteración de conductas. No se acreditan reincid
Se confirma la denuncia y se declara que la contribuyente ha cometido la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 CT. Se aplica sanción pecuniaria de multa por $93.717.723, equivalente al 260% de impuestos evadidos actualizados a julio 2018. No hay condena en costas.
Concepción, treinta de julio de dos mil dieciocho.
VISTOS:
Que, con fecha 22 de mayo del presente año, se recibió por este
Tribunal el Acta de Denuncia n.° 10, de fecha 18 de mayo del 2018, que rola a fojas 2 y siguientes, la cual da cuenta de la infracción del artículo 97 n.° 4 inciso 2 del Código Tributario, remitida por el Servicio de Impuestos Internos para los efectos del artículo 161 de la misma norma, y que fuera formulada contra de la contribuyente GRACIELA ADRIANA SEPÚLVEDA CERDA, RUT N° [RUT reservado], domiciliada en Lote 13 s/n, sector Las Ar boledas, comuna de San Carlos, de giro agricultura, arrendataria y comercializadora de frutas y productos agrícolas.
El Acta recién citada, parte haciendo un relato de los antecedentes del procedimiento que le diera origen, y señala que, de la auditoría practicada a la contribuyente se detectó que realizó diversas maniobras para rebajar su carga tributaria. En concreto, se detectó por parte de la auditada el registro y declaración de créditos fiscales del Impuesto a las Ventas y Servicios, contenidos en el D.L. 825 del año 1974, originados en el registro y declaración de 3 facturas ideológicamente falsas provenientes de 2 supuestos proveedores. Agregan que esta conclusión se arriba por cuanto los supuestos proveedores que registra la contribuyente, ya individualizada, solo actuaban como facilitadores de sus documentos tributarios a un tercero a cambio de comisiones, recibiendo facturas de proveedores con quienes nunca se habrían realizado operaciones comerciales para rebajar el débito fiscal, de acuerdo a las pericias realizadas por el Servicio las que solo fueron registradas para disminuir el IVA a pagar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.