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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES PUERTO AVENTURA S.A. con SII
Fecha: 28-05-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuestos de primera categoría por año 2019, aceptando deducción de corrección monetaria de cuenta corriente mercantil pero rechazando pérdida en rescate de cuotas de fondo de inversión.
Inversiones Puerto Aventura S.A. reclama contra liquidaciones N°1 y 2 de julio 2021 por impuesto de primera categoría e impuesto único del artículo 21, año tributario 2019. La empresa cuestiona: (1) rechazo de corrección monetaria de $513.666.680 relacionada con cuenta corriente mercantil celebrada con Inversiones Nunatak en 2014, con saldo total de $17.487.415.238; (2) rechazo de pérdida por rescate de cuotas del Fondo de Inversión Renta Fija Argentina Feeder por $184.297.363, rescatadas en diciembre 2018 por $866.180.374. La reclamante acompaña contrato, finiquitos parciales, libros diarios
El tribunal reconoce que la cuenta corriente mercantil regida por artículos 602-605 del Código de Comercio no es operación de crédito de dinero, sino contrato bilateral donde ninguna parte es acreedor/deudor mientras persista. Valida los finiquitos parciales acompañados que satisfacen exigencias contractuales, concretando liquidación parcial en año comercial 2018 y calidad de deudora de la contribuyente, procediendo corrección monetaria. Respecto rescate de cuotas CFI, determina insuficiencia probatoria: el certificado de rescate es inconsistente con reglamento del fondo (artículo 27 N°1), fac
Ha lugar en parte el reclamo. Se modifica dejando sin efecto la Partida N°2 (corrección monetaria de cuenta corriente mercantil) y se confirma la Partida N°4 (rechazo de pérdida en rescate de CFI). No se condena en costas al no haber vencimiento total.
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INVERSIONES PUERTO AVENTURA S.A.
RUT N° 78.338.270-9
Valparaíso, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Ricardo Warnier Oyaneder, abogado, RUT Nº 10.213.436-2, en representación de INVERSIONES PUERTO
AVENTURA S.A., RUT Nº 78.338.270-9, ambos domiciliados para estos efectos en Camino el Golf número 18 63, departamento 11, comuna de Zapallar , V Región, quien in terpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Reclama en contra de las liquidaciones N°1 y 2 de fecha 26 de julio de 2021, notificadas con fecha 30 de julio del mismo año, por conceptos de Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Único del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta , correspondiente al año tributario 2019.
2. Agrega que con fecha 10 de septiembre de 2021 presentó
Reposición Administrativa Voluntaria en contra de las liquidaciones N°1 y 2, la cual fue resuelta y notificada con fecha 17 de enero de 2021, determinando dar a lugar en parte a lo solicitado, rebajando el impuesto determinado por la liquidación de $173.071.707 a la suma de $170.761.505, confirmando el resto del acto reclamado.
Partida 1. Deducción indebida a la base imponible del Impuesto de Primera Categoría por concepto de corrección monetaria. Año Tributario 2019.
3. Luego de describir el procedimiento de fiscalización, indica como argumentos por los cuales se debe dejar sin efecto la liquidación, en cuanto a la partida 1, que esta deducción se relaciona directamente con las Partidas N°2 y 3, las cuales componen la cuenta correspondiente a la Corrección Monetaria observada por el Servicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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