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Tribunal · solo Pro
SII con MEGA PUBLICIDAD SPA
Fecha: 19-06-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por presentación maliciosa de facturas falsas para abultamiento de crédito fiscal IVA. Se condena a multa de $41.016.445 equivalente al 100% del tributo defraudado.
El SII denunció a Mega Publicidad SpA por contabilizar y declarar 13 facturas falsas de dos proveedores (Global Trading & Business SpA y Sociedad Comercial e Industrial Traiguén SpA) para abultamiento de crédito fiscal IVA en 11 períodos entre junio 2021 y agosto 2022. El denunciado reconoció en declaración jurada ante el Servicio que las facturas eran falsas y que pagó el 50% del IVA. Posteriormente rectificó sus declaraciones y pagó las diferencias de impuesto, intereses y multas. El perjuicio fiscal inicial fue de $41.016.445.
El Tribunal estableció que la falsedad de las facturas se encuentra acreditada por múltiples indicios: emisión en últimos días del mes, montos superiores al promedio, inexistencia de capital de trabajo y trabajadores en los proveedores, rectificación posterior de declaraciones, y reconocimiento del representante legal. Se acreditó la contabilización mediante registro de compras y declaración mediante comparación de F29 primitivos. El elemento malicioso se estableció por la falsedad probada y el reconocimiento expreso del denunciado. Aplicó atenuantes por ausencia de reincidencia, cooperación y
Se acoge el acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del CT. Se impone multa de $41.016.445 equivalente al 100% del monto del tributo defraudado por presentación maliciosa de declaraciones de IVA falsas.
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Valdivia, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro
VISTOS:
A fojas uno y siguientes rola Acta de Denuncia N° 1-2024, de 8.4.2024, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia (Servicio), en contra del contribuyente Mega Publicidad SpA , Rut 77.260.528-5, domiciliado en Picarte 2800, local 1, Valdivia. El acta se levanta por infracción al artículo 97 N° 4, inciso segundo del Código Tributario (CT).
El acta señala que el denunciado contabilizó y declaró crédito fiscal de Impuesto al Valor Agregado (IVA), respaldado en 13 facturas falsas de dos proveedores . Las irregularidades comprenden los siguientes once períodos tributarios: 06.2021, 07.2021, 09.2021, 10.2021, 11.2021, 12.2021, 01.2022, 02.2022, 05.2022, 06.2022 y 08.2022.
A fojas 31, se tiene por ingresada el Acta de Denuncia y documentos adjuntos.
A fojas 33, el Servicio asume representación, acredita personería, solicita aviso y confiere patrocinio y poder. A fojas 35, se tiene presente la representación y la personería, se da lugar a la solicitud de aviso, y se tiene presente el patrocinio y poder.
A fojas 37, la denunciante solicita se tenga por acompañados los documentos que indica. A fojas 94, se tienen por acompañados los documentos que indica y se ordena custodia de pendrive.
A fojas 96, la denunciada efectúa presentación de descargos del acta de denuncia, acompaña documentos, indica los medios de prueba de que piensa valerse, solicita aviso y solicita se tenga presente comparecencia personal en su calidad de abogado. El contenido de los descargos será analizado en la parte considerativa de la sentencia. A fojas 128 se tiene por formulados los descargos y se confiere traslado al Servicio, se tienen por presentados los documentos que indica, se tiene presente los medios de prueba de que piensa valerse, y se tiene presente comparecencia personal en su calidad de abogado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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