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Tribunal · solo Pro
SII con Soc.Comerc.e Ind.Edwin Heuser Ltda.
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Andrea Del Pilar Catril Beltrán
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente denuncia por infracción al artículo 97 N°4 del CT por presentación maliciosa de una factura falsa, aplicando multas por renta e IVA defraudados.
El SII denunció a Sociedad Comercial e Industrial Edwin Heuser Ltda. por contabilizar y declarar 12 facturas falsas de cinco proveedores en períodos tributarios 2018-2019, abultando crédito fiscal IVA y costos/gastos para reducir impuesto a la renta. La denunciada argumentó la efectividad de las operaciones respaldadas en guías de despacho y otros documentos.
El tribunal analizó la falsedad de las facturas conforme a registros de compra y prueba testimonial. Acreditó que la factura N°43 de Diego Alejandro Acuña Mella era falsa pues el proveedor no registraba compras de los materiales vendidos. Respecto de las otras 11 facturas, la evidencia no permitió establecer su falsedad bajo el estándar probatorio aplicable. Desestimó argumentos sobre non bis in idem, falta de fundamentación del acta y error en su especificación. Aplicó atenuantes por falta de reincidencia, bajo perjuicio fiscal y rectificación de declaraciones.
Se acoge parcialmente la denuncia solo respecto de factura N°43. Se impone multa de $465.885 (50% defraudado) por infracción artículo 97 N°4 inciso 1° CT en Renta y $695.053 (100% defraudado) por inciso 2° en IVA. Se rechaza respecto de demás facturas e inciso 3°.
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Valdivia, veintinueve de julio de dos mil veintidós
VISTOS:
A fojas tres y siguientes rola Acta de Denuncia N ° 01, de 25.3.2022, levantada por el Servicio de Impuestos Internos (Servicio) de la XVII Dirección Regional Valdivia, en contra de la contribuyente Sociedad Comercial e Industrial Edwin Heuser y Compañía Ltda., Rut 78.644.550-7, representada por Edwin Heuser Garrido, Rut 7.387.712- 1, domiciliado en Angachilla, Km 6, Valdivia. El acta se levanta por infracciones al artículo 97 N ° 4, incisos 1°, 2° y 3° del Código Tributario (CT).
El acta señala que la denunciada contabilizó o declaró reiteradamente crédito fiscal de Impuesto al Valor Agregado (IVA), respaldado en 12 facturas f alsas, emitidas por cinco proveedores. Las irregularidades comprenden cinco períodos tributarios: diciembre de 2018, enero, marzo, mayo y junio de 2019. Señala que, además, el contribuyente utilizó las facturas mencionadas para rebajar sus costos y gastos , logrando así rebajar el impuesto a la renta a pagar, además de obtener devoluciones indebidas en los años 2019 y 2020.
A fojas 35, se tiene por ingresada el Acta de Denuncia y documentos adjuntos.
A fojas 37, se tiene por ingresado documento denominado «Índice Cuaderno de Pruebas» y pendrive, los que se guardan en custodia N°1-2022.
A fojas 41, se incorpora al expediente reservado DJR N°2 y copia del Cuaderno de Antecedentes, los que se guardan en custodia N ° 2-2022.
A fojas 43, el Servicio asume representación, acredita personería, solicita aviso y confiere patrocinio y poder. A fojas 45, se tiene presente la representación, personería, patrocinio y poder, y se da lugar a la solicitud de aviso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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