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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con Silva Lavin
Fecha: 28-12-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Se acoge acta de denuncia por presentación maliciosa de declaraciones falsas mediante adulteración de facturas de venta, imponiéndose multa del 50% del tributo defraudado.
Oscar Jaime Silva Lavín, contribuyente con giro en venta al por mayor, adulteró duplicados de facturas emitidas registrando montos menores de IVA respecto a los originales y triplicados en períodos de 2014 y 2015. Contabilizó y declaró los montos adulterados en su Libro de Compras y Ventas y formularios F29, subdeclarando débitos fiscales de IVA por $815.034 e Impuesto a la Renta por $991.440. El denunciado reconoció la adulteración ante el SII y ante el Tribunal, explicando razones económicas y familiares.
El Tribunal constató la adulteración de cinco facturas mediante comparación directa de originales y triplicados con duplicados, confirmado por testigo perito. El denunciado reconoció haber adulterado aproximadamente seis facturas en seis períodos distintos. La contabilización de montos adulterados en registros y declaraciones de impuesto acredita maliciosidad. Respecto a circunstancias modificatorias, concurren atenuantes por falta de reincidencia, bajo perjuicio fiscal y cooperación del infractor. Se aplicó multa inferior del 50% de lo defraudado conforme artículos 97 N°4 inciso 1°, 107 y 115
Se acoge acta de denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso 1° del CT. Se aplica multa de $903.237 equivalente al 50% del monto defraudado. La Directora Regional del SII dispondrá cumplimiento administrativo del fallo.
Valdivia, veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas dos y siguientes rola Acta de Denuncia N° 4, de fecha 9 de agosto de 2018, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia en contra del contribuyente OSCAR JAIME SILVA LAVÍN, RUT N° 7.751.692-1, con giro en venta al por mayor de otros productos N.C.P.; domiciliado en calle Rubén Darío N° 146 L11, segundo piso, Valdivia.
El Acta se levanta por infracción al artículo 97 N° 4 inciso 1° del Código Tributario (CT). Consigna que para el análisis del caso se tuvo a la vista Memo N° 96 de fecha 30.05.2018 del Jefe del Departamento de Fiscalización; Informe de Recopilación de Antecedentes N° 02 de fecha 11.05.2018, emitido por la fiscalizadora Damaris Vera Rothen; un Cuaderno de Antecedentes de 209 fojas; Libro de Compras y Ventas timbrado con fecha 19.03.2014, folios 01 al 25; Libro de Balance timbrado con fecha 03.07.2017, folios 06, 08 y 10; talonario de facturas emitidas N° 2401 a la N° 2454; e, Informe N° 170 de fecha 04.07.2018 de la fiscalizadora señorita Damaris Vera Rothen. El Acta explica que, producto de la revisión practicada, se detectó que el denunciado, en los períodos de octubre y diciembre de 2014 y enero, febrero, marzo, abril, julio, agosto, septiembre y diciembre de 2015, subdeclaró débitos fiscales mediante adulteración de facturas de venta emitidas registrando en los duplicados montos menores a los registrados en los originales y triplicados respectivamente. Producto de lo anterior, el denunciado presentó declaraciones maliciosamente falsas subdeclarando el débito fiscal del IVA en los periodos mencionados, originando una determinación de I VA menor al que le correspondía. A continuación, se detallan los antecedentes que establecen las maniobras.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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