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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con CECIL GABRIEL LÓPEZ BALBOA CONTRATISTA E.I.R.L.
Fecha: 30-03-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Se acogió acta de denuncia por abultamiento de crédito fiscal IVA mediante factura falsa. Se aplicó multa de $1.228.122 equivalente al 100% del tributo defraudado.
Cecil Gabriel López Balboa Contratista E.I.R.L., contratista en obras menores, contabilizó y declaró la factura N° 1003 del 31 de mayo de 2017 por $7.497.000 emitida por Miguel Esteban Seguel Catalán. El contribuyente reconoció haber recibido esa factura de un tercero (Germán Tapia) por servicios que este le prestó, pero no realizó operación comercial alguna con el emisor declarado. El proveedor confirmó que la factura nunca fue emitida por él. Con esta factura falsa, el denunciado abultó su crédito fiscal del IVA.
El Servicio demostró la falsedad de la factura mediante: (i) confesión del denunciado de que no realizó operación con quien aparece como emisor; (ii) declaración jurada del proveedor confirmando que no emitió la factura; (iii) copia de la factura sin emitir del proveedor; (iv) libro de ventas del proveedor sin registrar tal factura. Se acreditó contabilización y declaración en el F29. Respecto del elemento subjetivo (malicia), el tribunal consideró que usar facturas falsas para evadir impuestos constituye poderoso indicio de maliciosidad. El denunciado reconoció la falsedad al admitir que las
Se acogió acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del CT (abultamiento de crédito fiscal IVA). Se aplicó multa de $1.228.122, equivalente al 100% del tributo defraudado, como sanción mínima atendidas las circunstancias modificatorias de responsabilidad.
Valdivia, treinta de marzo de dos mil veinte.
VISTOS:
A fojas dos y siguientes rola Acta de Denuncia N° 3, de fecha 21 de diciembre de 2019, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia en contra del contribuyente Cecil Gabriel López Balboa Contratista E.I.R.L., RUT N° 76.306.085-3, representada por el señor Cecil Gabriel López Balboa , RUT N° 8.563.804-1, con giro contratista en obras menores en construcción, domiciliado en Catrico Km 2, comuna de Lanco.
El Acta se levanta por infracción al artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario (CT). Consigna que para el análisis del caso se tuvo a la vista Memo N° 127 de la Jefa de Unidad de Lanco de fecha 04.10.2018; Informe de Recopilación de Antecedentes N° 08 de fecha 27.09.2018, emitido por la fiscalizadora señora Ivette López Valenzuela; copia de Memo N° 134 de la Jefa de Unidad de Lanco de fecha 05.10.2018; un cuaderno de antecedentes de 54 fojas; Memo N° 96 del Jefe del Departamento Jurídico de fecha 09.09.2019; Memo N° 117 de Jefa Unidad de Lanco de fecha 13.09.2019; Complemento IRA N° 02 de fiscalizadora señora Ivette López Valenzuela de fecha 13.09.2019; el Informe Legal N° 12 de fecha 26.09.2019.
El Acta explica que producto de la solicitud de antecedentes se d etectó que el denunciado, en el período mayo 2017, registró una factura falsa, que daba cuenta de una operación comercial que no realizó , abultando su Crédito Fiscal del Impuesto al Valor Agregado. Agrega que la prueba es suficiente para acreditar las irregularidades que tipifican la infracción contenida en el artículo 97 N° 4 inciso 2° del CT, que el perjuicio fiscal asciende a $1.228.1 22 y que está acreditada la participación maliciosa de l contribuyente Cecil Gabriel López Balboa Contratista E.I.R.L. Luego, se refiere a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, conforme a lo previsto en el artículo 107 del CT.
DILIGENCIAS DEL PROCESO
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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