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Tribunal · solo Pro
Inversiones Praderas de La Dehesa Limitada y otro con SII
Fecha: 23-07-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Reclamante impugna avalúo de bien raíz no agrícola y sobretasa del 100% por omisión de servicios básicos, alegando que el inmueble no cuenta con agua potable ni alcantarillado conforme a art. 8 Ley 17.235.
Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada es propietaria del Lote 6-A de 21.584 m² ubicado en Avenida Paseo Pie Andino 4960, Lo Barnechea, con rol de avalúos 3777-096. En 2019, el SII modificó el avalúo aplicando sobretasa del 100% por considerar el bien como sitio no edificado en área urbana, generando cuota de $4.573.318. La empresa Aguas Cordillera S.A. certificó que la factibilidad del servicio está condicionada a obras de extensión de redes aún no existentes.
El tribunal analiza la causal del artículo 149 N°2 del Código Tributario sobre aplicación errónea de tablas de clasificación. Considera relevante el artículo 8 de la Ley 17.235 que dispone que la sobretasa del 100% no aplica a inmuebles ubicados fuera de los límites del área geográfica donde se prestan servicios públicos de agua potable y recolección de aguas servidas. Examina si el inmueble carece efectivamente de estos servicios conforme a la certificación de Aguas Cordillera S.A., que indica que las redes no existen y requieren obras de extensión.
El fallo se encuentra incompleto en el texto proporcionado. La sentencia fue dictada el 23 de julio de 2024, pero no incluye la parte dispositiva que indica la resolución final del tribunal respecto de la procedencia o rechazo del reclamo.
“INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM: No aplica
Multa UTM: No aplica
Reajuste UTM: No aplica
Intereses UTM: No aplica
Cuantía Bruta UTM: No aplica
Santiago, veintitrés de julio del dos mil veinticuatro.
VISTOS.
A fojas 01, con fecha 10 de septiembre de 2019, comparece don RODRIGO RUIZ-
TAGLE AGUILÓ , abogado, C.I. Nº 10.934.002-2, en representación de INVERSIONES
PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA, RUT 76.055.896 -6 (en adelante, la “Reclamante”, la “Sociedad”, el “Contribuyente” o “PRADERAS”), ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Rodeo 12.699, local 8, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quien en tiempo y forma, interpone reclamo en contra del nuevo avalúo del bien raíz no agrícola y en contra de la aplicación de sobretasa del 100% del Lote 6-A, ubicado en Avenida Paseo Pie Andino N° 4960, rol de avalúos número 3777- 096, comuna de Lo Barnechea (el “Inmueble”), practicado por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante el “Servicio” o el “SII”) de conformidad a lo dispuesto en los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, y por las consideraciones de hecho y de derecho que expone:
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
I. ANTECEDENTES.
Señala que, Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada es dueña del Lote 6-A de una superficie aproximada de 21.584 metros cuadrados.
Agrega que, el dominio a favor de la Sociedad se encuentra inscrito a fojas 49.724 número 77.631 y a fojas 49.719 número 77.620, ambas del Registro de Propiedad del año 2009, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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