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Tribunal · solo Pro
Inversiones Machali Limitada con SII
Fecha: 13-09-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra liquidaciones del SII por AT 2017 que rechazó intereses de préstamos entre relacionadas y diferencias de tipo de cambio, desestimando la teoría de actos propios y confianza legítima.
Inversiones Machalí presentó declaración de renta 2017 con pérdida tributaria de $1.235.511.179 y solicitud de devolución de impuestos. El SII fiscalizó la declaración y emitió liquidaciones N°2 y 3 del 27 de abril de 2020, rechazando gastos por intereses devengados en préstamos de empresas relacionadas ($1.064.642.702) y diferencias de tipo de cambio ($361.945.580), determinando nueva RLI de $191.077.103 e IDPC de $45.611.379. El contribuyente reclamó argumentando vulneración de actos propios, buena fe y confianza legítima.
El tribunal estimó que la potestad discrecional de fiscalización del SII permite auditar declaraciones anuales dinámicas y cambiantes según el desarrollo de los negocios. Rechazó la teoría de confianza legítima por no tener asidero en materia tributaria conforme a los artículos 25 y 134 del Código Tributario, que consagran el carácter provisional de las liquidaciones dentro de los plazos de prescripción. Señaló que la autoridad tributaria solo ejercía facultades legales al solicitar acreditación fehaciente de gastos. Concluyó que la doctrina invocada no tiene virtud para afectar actos administ
Rechaza reclamación y confirma Liquidaciones N°2 y 3 del 27 de abril de 2020. Se ordena reliquidación conforme a lo determinado. Se condena sin costas.
CAUSA : “INVERSIONES MACHALÍ LIMITADA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A TRECE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
I. VISTOS:
UNO. DEL RECLAMO.
Presentación de fojas 1, de don GALO MIRANDA GÁLVEZ , abogado, en representación de INVERSIONES MACHALÍ LIMITADA, del giro de su denominación, RUT 76.335.769-4, domiciliado para estos efectos en Carretera Presidente Eduardo Frei Montalva N°340, cuarto piso, en comuna de Rancagua, por la cual interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N°02 y 03 de fecha 27 de abril de 2020, emitidas por la VI Dirección Regional Rancagua, (en adelante, indistintamente “SII” o “Servicio”), notificadas por correo electrónico con fecha 27 de abril de 2020, a través de las cuales se determinó una nueva Renta Líquida Imponible (en adelante “RLI”) correspondiente al Año Tributario (en adelante “AT”) 2017, liquidando un Impuesto de Primera Categoría (en adelante “IDPC”) y, un Impuesto Único del Art. 21 de la Ley de la Renta, a fin de que las Liquidaciones N°2 y 3 sean dejadas sin efecto en todas sus partes, en atención a los fundamentos de hecho y derecho que se resumen a continuación.
Señala la reclamante que en cuanto a los hechos , con fecha 08 de mayo del año 2017 presentó su Declaración Anual de Impuesto a la Renta correspondiente al Año Tributario 2017, mediante el Formulario 22, Folio N°244550657, en donde se registra una Renta Líquida Imponible negativa de $1.235.511.179, constituyendo esta suma una pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre de 2016, generándose en consecuencia una solicitud de devolución de impuestos de $210.574.256, compuesto por Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría (PPUA) de $210.036.901 y por Créditos por Gasto de Capacitación por un monto de $537.355. La referida declaración fue fiscalizada, siendo notificados con fecha 17 de enero de 2018, para presentar la documentación contable que sirvió de sustento a la referida declaración.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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