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Tribunal · solo Pro
SAIDE ABUSLEME con SII
Fecha: 07-11-2024 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo contra liquidaciones por inversiones inmobiliarias no justificadas. Se acepta la justificación del estacionamiento ($7M) financiado con crédito del mismo día, pero se rechaza la del departamento ($61M) por falta de acreditación de destino efectivo de fondos.
El contribuyente Jaime Saide Abusleme fue citado por el SII para aclarar el origen de fondos de dos inversiones inmobiliarias en 2012: departamento por $61M (09/07/2012) y estacionamiento por $7M (14/12/2012). Alegó haber financiado ambas con créditos del Banco de Chile: uno de $61.237.737 del 30/11/2011 y otro de $50.900.834 del 09/07/2012. El SII cuestionó los documentos de crédito por carecer de firmas y formalidades bancarias, y estimó que no se acreditó el flujo real de dinero ni su vinculación con las inversiones.
El tribunal aplica el artículo 70 de la LIR, que presume que si el contribuyente no prueba el origen de fondos para gastos e inversiones, corresponden a rentas afectas a impuesto. La prueba de justificación debe acreditar tanto la recepción efectiva del dinero como su destino a la inversión cuestionada. Respecto del departamento, aunque existe pagaré del préstamo de $61M del 30/11/2011, este se invirtió 8 meses después sin explicación del flujo intermedio, lo que impide acreditar que esos fondos específicos se destinaron a esa inversión. En cambio, el crédito de $50M del 09/07/2012 se utilizó
Se acoge parcialmente el reclamo. Se modifica la liquidación eliminando el agregado por inversión en estacionamiento ($7M) no justificada, pero se confirma el agregado por inversión en departamento ($61M) no justificada más reajuste de $671.000. Cada parte paga sus propias costas.
“SAIDE ABUSLEME, JAIME JORGE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, siete de noviembre del año dos mil veinticuatro. -
VISTOS:
A fojas 2 junto a su complemento de fojas 46, comparece don JAIME JORGE SAIDE ABUSLEME , empresario, RUT N° 6.363.976-1, domiciliado en Avenida Nueva Providencia N°2155, Torre C, oficina 1204, comuna de Providencia, quien de conformidad al artículo 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la s Liquidaciones Nos. 40 y 41 , cursada por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) con fecha 30 de agosto de 2016 , solicitando sean dejadas sin efecto , reconociendo como plenamente justificadas las inversiones realizadas , declarando que las sumas liquidadas, no son adeudadas, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “Relación completa de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho en que se apoya ”, explica que el SII ha procedido a objetar la compra de dos inmuebles realizada por el reclamante y ha tenido por no justificados los fondos para ello.
En primer lugar, expone la secuencia de fechas en que suceden los hechos objetados por el SII:
a) Con fecha 30/11/2011 el Banco de Chile otorga un primer crédito por $61.237.737.-;
b) con fecha 30/11/2011 su parte adquiere un porcentaje de un inmueble por $175.000.000.-;
c) con fecha 09/07/2012 el Banco de Chile otorga un crédito equivalente a $50.900.834.-;
d) con fecha 09 /07/2012, se otorga escritura pública de compraventa del departamento 817, por el precio $61.000.000.-; y, e) con fecha 14/12/2012 se otorga escritura pública de compraventa del estacionamiento 177, precio $7.000.000.-.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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