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Tribunal · solo Pro
RODRIGUEZ GOMEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 27-06-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra infracción por no emisión de boleta por venta de cervezas por $46.000. El tribunal confirma que los vouchers corresponden a ventas, no propinas, basándose en declaración de cajera y testimonios de fiscalizadores con carácter de ministro de fe.
El 20 de febrero de 2013, en el Motel Paraíso de Calama, se realizaron tres operaciones con tarjeta de débito por $8.000, $18.000 y $20.000 (total $46.000) sin emisión de boleta. El reclamante argumenta que fueron propinas a una garzona, pero la cajera Eliana Ríos declaró ante fiscalizadores que correspondían a ventas de cerveza. Los fiscalizadores del SII (Figueroa, Ravena, Humire y Ramos) notificaron infracción por no otorgamiento de documento tributario.
El tribunal estima acreditado que las operaciones constituyen ventas de cerveza, no propinas, por: (1) inexistencia de documentos tributarios; (2) declaración de la cajera ante fiscalizadores; (3) existencia de bar en el local con venta de cervezas; (4) testimonio plural y concordante de funcionarios del SII con carácter de ministro de fe según art. 86 CT y art. 51 DFL 7/1980, que constituyen testigos mejor calificados. No resulta exigible que fiscalizadores presencien la operación infractora. Conforme art. 55 DL 825, boletas deben emitirse al momento de entrega de bienes. Art. 97 N°10 CT sanc
Se rechaza reclamación y confirma infracción Folio 1061130. Se aplica multa de $46.000 (100% del monto) y clausura de 5 días del establecimiento. Se declara sin costas por motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Anthony Mark Rodríguez Gómez.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas -
Código Tributario.
Antofagasta, a veintisiete días del mes de junio de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 15, comparece don Juan Carlos Ugalde Tapia, abogado, domiciliado en calle
Carlos Cisternas Nº 2390, Calam a, en representación de don Anthony Mark Rodríguez Gómez, empresario, Rol Único Tributario N° 14.529.886 -5, domiciliado en Avenida La Paz N° 922 Lote D , Calama, quien interpone reclamación en Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas, artículo 165 del Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción Nº 1061130, por infracción tributaria sancionada en el Nº 10 del artículo 97 del Código Tributario, de fecha 24 de Febrero de 2013, cursada por la Unidad de Calama de la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos.
Indica el actor que con fecha 24 de febrero de 2013 siendo las 00:05 horas, se notificó a su representado mediante el folio de denuncia N° 1061 130 la infracción tributaria prevista y sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Agrega que en la notificación de la infracción efectuada por los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos , Unidad Calama, C. Figueroa y B. Ravena se señala textualmente que “Se notifica la infracción sancionada en el N° 10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en no otorga miento de boleta o factura o guía de despacho por ventas de cervezas por un valor de $46.000. A petición funcionario se emite boleta N° 83088. Monto de la operación $46.000.”
Señala luego que el reclamante es dueño de variados locales nocturnos, dentro de los cuales se encuentra uno ubicado en Avenida La Paz 922 Lote 1D, Calama, denominado
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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