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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA UNIVERSITARIA PROVIDENCIA S.A. con SII
Fecha: 03-01-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar No Ha Lugar
Inmobiliaria Universitaria Providencia rechaza liquidaciones del SII por años 2011-2013, alegando falta de fundamento en rechazo de gastos, prescripción de facultad fiscalizadora y naturaleza indivisible de pérdidas tributarias.
La reclamante presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $461.814 por pérdida tributaria del ejercicio de $-1.178.283.323 y pérdida de ejercicios anteriores de $-1.612.256.997. El SII, mediante fiscalización iniciada en enero 2016, rechazó múltiples partidas de gastos de los AT 2011, 2012 y 2013, incluyendo mantención, servicios de administración, depreciación, intereses, gastos financieros, gastos legales y corrección monetaria. El SII emitió liquidaciones 181 y 182 del 29 de julio 2016 agregando montos a la RLI. La reclamante no asistió a la Citación N°123 del 28 de abri
El Tribunal rechaza los argumentos sobre prescripción de la facultad fiscalizadora, considerando que los hechos económicos fueron objeto de cuestionamiento dentro del plazo legal. Respecto a los gastos específicos, el Tribunal determina que la reclamante no acreditó el cumplimiento de los requisitos del artículo 31 de la LIR, particularmente: (1) la relación entre los gastos y la generación de rentas gravadas con primera categoría, y (2) que constituyen gastos necesarios para producir la renta. El Tribunal constata que aunque se aportaron algunos documentos (facturas, pagarés, boletas), estos
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirman las liquidaciones reclamadas N°181 y 182 del 29 de julio 2016, con costas. El SII actuó dentro de sus facultades legales al rechazar los gastos no acreditados conforme a los requisitos tributarios.
“INMOBILIARIA UNIVERSITARIA PROVIDENCIA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, tres de enero del año dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Juan Ignacio Cornejo Rodríguez, abogado, RUT N°9.383.128-4, en representación de INMOBILIARIA UNIVERSITARIA PROVIDENCIA S.A., RUT N°76.046.888-6, ambos domiciliados en calle Los Militares N°5001, oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien de conformidad a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 181 y 182, de fecha 29 de julio de 2016, emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando:
1) sean dejadas sin efecto por no contener una fundamentación necesaria; 2) se acepten los gastos ilegalmente rechazados por el SII dejando sin efecto la tasación de la base imponible efectuada en las liquidaciones; 3) se dejen sin efecto por encontrarse prescrita la facultad del SII para fiscalizar las operaciones ocurridas durante el año tributario (en adelante, AT) 2011 y 2012; y, 4) que en consecuencia, la pérdida tributaria de su representada corresponde a una pérdida del ejercicio del AT 2013 por la suma de $-1.178.283.323 y una pérdida de arrastre por la suma de $-1.612.256.997, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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