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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES SAV LIMITADA con SII
Fecha: 24-02-2025 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Patricio Iván Ulloa Neira
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza nulidad de sobretasa pero la deja sin efecto por falta de acreditación previa, y acoge parcialmente reclamo de avalúo aplicando coeficiente corrector de 0,75 por deficiencias del predio.
Inmobiliaria e Inversiones SAV Limitada adquirió predio Rol 966-662 en La Serena en junio 2024 por $250.000.000 (conjunto con otro inmueble), encontrándose embargado por TGR. El SII aplicó sobretasa de sitio eriazo y avalúo fiscal de $248.437.425. La reclamante alega que el predio carece de acceso a servicios de agua potable y alcantarillado, presenta deficiencias de accesibilidad, está en zona de riesgo ZRA, y se encuentra afecto a servidumbre.
El Tribunal analiza que en impuesto territorial, de naturaleza no declarativa, corresponde al SII determinar el avalúo. Sobre la sobretasa, aunque la ley exige certificado de la empresa concesionaria (presentado tardíamente), el SII debió haberla rechazado desde el inicio. Respecto al avalúo, la adquisición bajo embargo justifica un precio inferior al comercial. El SII utilizó correctamente muestras de transferencias en la misma área homogénea. Se constata que el predio presenta deficiencias acreditadas de accesibilidad y prohibición de edificar en zona ZRA, no consideradas en la valoración in
Se rechaza nulidad pero se deja sin efecto la sobretasa por sitio eriazo. Se acoge parcialmente el reclamo ordenando al SII aplicar coeficiente corrector de 0,75 al predio. Se rechaza la alegación sobre servidumbre. Cada parte paga sus costas.
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RESUMEN:
PARTES: INMOBILIARIA E INVERSIONES SAV LTDA. CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
MATERIA: MODIFICACION GENERAL BIEN RAÍZ NO AGRÍCOLA.
PROCEDIMIENTO: RECLAMO DE LOS AVALÚOS DE BIENES RAÍCES.
CUANTÍA: 34,54 UTM.
La Serena, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Que a fojas 34 y siguientes, con fecha 9 de septiembre de 2024, comparecen don A rturo Villal ón Chacón, RUT 9.681.560 -3 factor de comercio, en representación legal de Inmobiliaria e Inversiones SAV Limitada, RUT 76.526.727 -7, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en Cisternas 2632, Villa Jord án, La Serena, viene en deducir nulidad en contra del proceso de·reavalúo del año 2024, en lo que se refiere a la aplicación de sobretasa en el avalúo fiscal recaído en la propiedad ubicada en LOTE 6 C, PARCELA 524, EL MILAGRO, ROL 966 -662 de la comuna de La Serena, conforme a los siguientes antecedentes.
Alega que, pese a que por ley el Servicio de Impuestos Internos debe llevar el catastro físico y jurídico de los diferentes inmuebles a nivel nacional, no lo habría hecho en forma correcta, y por años le había cobrado un impuesto territorial superior al que correspondía pagar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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