Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AVIANO SPA con SII
Fecha: 25-02-2025 · Materia: Giro · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar Ha Lugar
Reclamación contra giro por impuesto anual de aviones conforme artículo 9° Ley 21.420. Se cuestiona falta de reglamento y determinación del precio corriente en plaza.
Aviano SpA es propietaria de una aeronave (Cessna T182T, matrícula CC-ATU) tasada en $289.340.000. El SII emitió giro folio 9626449 por $5.862.028 correspondiente al impuesto anual del 2% sobre el precio corriente en plaza conforme artículo 9° Ley 21.420. La reclamante cuestiona la legalidad del giro por falta de reglamento habilitante, aplicación de precio corriente en plaza basado en mercado estadounidense (Aircraft Bluebook) en lugar de mercado local, y omisión del tramo exento.
La reclamación se funda en que a la fecha de emisión del giro no existía el reglamento que el artículo 9° de la Ley 21.420 ordena dictar al Ministerio de Hacienda para verificar qué bienes se encuentran afectos al impuesto. Se alega que el concepto jurídico indeterminado de 'precio corriente en plaza' se determinó únicamente mediante referencias al Aircraft Bluebook (mercado estadounidense), vulnerando la exigencia legal de basarse en transacciones del mercado local. Se sostiene que en 2023 no existieron transacciones locales suficientes de aeronaves similares que permitieran determinar dicho
Pendiente de resolución en fallo. El texto corresponde a la fase de discusión y exposición de fundamentos de la reclamación presentada por Aviano SpA contra el giro del SII.
“AVIANO SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SUR”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 88,86
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 88,86
Santiago, a veinticinco de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS.
I.- FASE DE DISCUSIÓN.
A.- RECLAMO.
Con fecha 24 de julio de 2024, en folio 1-10, compareció don Jaime Barrientos Ramírez, abogado, RUT N° 10.256.755-2, en representación de Aviano SpA, RUT N° 76.746.107-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Burgos 176, Piso 3, Las Condes, región Metropolitana, dedujo reclamación tributaria en contra del giro folio N° 9626449, emitido por la Dirección Regional Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejarlo sin efecto en base a los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho que expone.
I. Antecedentes de hecho 1. El giro y su notificación
Sostuvo la reclamante que, conforme al mérito del giro folio N° 9626449 se pretende cobrar a su representado el impuesto consagrado en el artículo 9° de la Ley N° 21.420. En efecto, en su calidad de dueño del bien mueble que se detalla, el Servicio persigue el pago de un impuesto que asciende a la suma de $5.862.028:
Matrícula Marca Modelo Año Tasación Folio giro Monto giro
CC-ATU CESSNA T182T 2004 $289.340.000 9626449 $5.862.028
Manifestó que, el giro ya individualizado es contrario a Derecho, toda vez que a la fecha no se ha dictado el Reglamento que habilite al Servicio de Impuestos Internos verificar qué bienes se encuentran efectivamente afectos al pago del impuesto consagrado en el artículo 9° de la Ley N° 21.420. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el inciso final de la norma citada, la que ordena al Ministerio de Hacienda la dictación de dicho cuerpo normativo, circunstancia que a la fecha no se ha verificado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.