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Tribunal · solo Pro
JOY GLOBAL CHILE S.A. con SII
Fecha: 05-03-2025 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE+100M Ha Lugar
Joy Global cuestiona la Resolución N°488/2022 que rechaza la devolución de PPMO pagados en exceso para los años tributarios 2018 y 2019, argumentando que el SII indujo errores mediante información incorrecta en su sitio web.
Joy Global Chile S.A., autorizada a declarar en moneda extranjera desde 2016, realizó pagos provisionales mensuales obligatorios (PPMO) durante 2017 y 2018. Al presentar su declaración de renta AT 2018 en abril de 2018, el SII proporcionó una imputación incorrecta de PPMO en su sitio web, excluyendo el PPMO de diciembre 2017 (USD 1.134.415,43). La Sociedad, confiando en la información oficial del SII, imputó erróneamente estos PPMO. Durante la fiscalización de AT 2018, se solicitó información detallada sobre PPMO pero no se realizó corrección. En AT 2019, la Sociedad nuevamente solicitó devolu
Joy Global argumenta que cometió errores en la imputación de PPMO inducida por información incorrecta del SII disponible en su sitio web, contraviniendo el artículo 84 letra a) de la LIR. Sostiene que la fiscalización de AT 2018 fue deficiente al no verificar correctamente el saldo de PPMO a pesar de solicitar información detallada. Alega que los actos administrativos del SII gozan de presunción de legalidad conforme al artículo 3 de la Ley N°19.880, generando legítima confianza. Argumenta que la solicitud de devolución en AT 2019 fue oportuna conforme a Circular N°72/2001, y que la Sociedad h
Se cuestiona la Resolución N°488/2022 que rechaza la devolución de PPMO pagados en exceso para años tributarios 2018 y 2019, solicitando se deje sin efecto y se reconozca la devolución de USD 1.134.415,43 más intereses correspondientes.
“JOY GLOBAL CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
GRANDES CONTRIBUYENTES”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 11076,68
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 11076,68
Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticinco
VISTOS:
Que, a folios 1 y siguientes, comparece don Germán Vargas Domínguez, cédula de identidad N°13.634.460-9, en representación de JOY GLOBAL (CHILE) S.A. RUT 95.616.000-6, (en adelante “Joy Global” o la “Sociedad”), ambos domiciliados para estos efectos en calle Badajoz N°130, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, al señor Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, quien encontrándose dentro de plazo, deduce Reclamo en Procedimiento General de Reclamación, en conformidad a las normas de los artículos 123 y siguientes del Código Tributario (“CT”), en contra de la Resolución Ex DGC 17100 N° 488/2022 de fecha 1 de julio de 2022, en adelante la “Resolución N°488”, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes (“DGC”) del Servicio de Impuestos Internos, y notificada a la Sociedad con fecha 4 de julio de 2022, basado en los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:
A) Reclamo
I. ANTECEDENTES DE LOS PROCESOS DE FISCALIZACION
Señala que Joy Global es una sociedad anónima constituida en Chile que ofrece una variada línea de productos y servicios para la industria de la gran minería chilena. Durante sus años de existencia, la Sociedad ha mantenido una política permanente de cumplimiento cabal y oportuno de la normativa tributaria y legal vigente y una actitud de colaboración en los procesos de fiscalización iniciados por el Servicio de Impuestos Internos (“SII”), como se acreditará en esta presentación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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