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Tribunal · solo Pro
ALTAMIRA CHILE S.A. con SII
Fecha: 14-03-2025 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE+100M Ha Lugar
Altamira Chile S.A. reclama contra resolución que rechazó parcialmente su solicitud de devolución de IVA exportador correspondiente a marzo 2021, cuestionando la negación de crédito fiscal por supuesta falta de acreditación de efectividad en operaciones con proveedores.
Altamira Chile S.A., empresa de corretaje agrícola, presentó solicitud de devolución de IVA exportador por $208.818.837 para marzo 2021 mediante Formulario 3600. El SII inició Fiscalización Especial Previa, requirió documentación acreditatoria. La Resolución Exenta 1706 del 21 de julio 2021 acogió parcialmente la solicitud autorizando devolución de $43.321.598 y rechazando $165.497.239. El SII cuestionó la efectividad de operaciones con proveedores Corretaje Agrícola El Trigal SpA, Comercializadora Fresh Fruit SpA y Comercial Zeniz Limitada. Altamira interpuso reposición administrativa que fue
El fallo analiza el marco normativo del artículo 36 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios que reconoce a los exportadores derecho a recuperar el IVA recargado en adquisiciones para exportación. Se examina el artículo 23 de la LIVS respecto a requisitos para hacer uso del crédito fiscal. El tribunal evalúa si la Reclamante acreditó adecuadamente la efectividad material de las operaciones con los proveedores cuestionados. Se analiza el procedimiento de fiscalización especial previa y si el SII especificó debidamente la documentación faltante. Se considera si existió respuesta incompl
Pendiente de dictar sentencia definitiva. El tribunal está en fase de análisis de los argumentos del reclamo respecto a la devolución rechazada de $165.497.239 en IVA exportador, evaluando si debe acogerse el reclamo en todas sus partes o parcialmente.
ALTAMIRA CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 3759,99
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 3759,99
Santiago, catorce de marzo de dos mil veinticinco.
VISTOS.
A fojas 01, con fecha 15 de marzo de 2022, comparece don GONZALO SCHMIDT
GABLER, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.375.690-1, abogado, en representación de ALTAMIRA CHILE S.A., sociedad del giro de Corretaje al por mayor de productos agrícolas y venta al por mayor de materias primas agrícolas, Rol Único Tributario N° 76.070.074-6, (en adelante indistintamente, la “Reclamante” o el “Contribuyente”) domiciliado para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2711, piso 4, Las Condes Santiago, quien en tiempo y forma interpone reclamo tributario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N° 1706, emitida con fecha 21 de julio de 2021, en adelante, la (“Resolución Reclamada”) por XV la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente, el “Servicio”, “SII”, la “Administración” o el “Reclamado”).
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
I. INTRODUCCIÓN.
Con fecha 21 de julio de 2021, la Reclamante fue notificada, a través de correo electrónico, de la Resolución Reclamada, emitida por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos. Mediante dicha resolución, se resolvió acoger parcialmente la solicitud de devolución de IVA exportador presentada por Altamira a través del Formulario N° 3600, Folio 10269450, correspondiente al período tributario de marzo de 2021, autorizándose la devolución de un monto ascendente a $208.818.837, sobre un total solicitado de $43.321.598, rechazándose, en consecuencia, un monto de $165.497.239.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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