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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES ALSACIA S.A. con SII
Fecha: 04-04-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Felipe Alberto Muñoz Albonico
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal analiza reclamo de Inversiones Alsacia S.A. contra liquidación del SII por supuesta caducidad de facultades fiscalizadoras, compensación ilegal de devolución y rechazo de gastos de indemnizaciones y pagos al fisco.
Inversiones Alsacia S.A., concesionaria de transporte público, fue fiscalizada iniciada por notificación de requerimiento de antecedentes del 14 de noviembre de 2017. La contribuyente entregó antecedentes el 6 de diciembre de 2017, confirmado por el SII el 7 de diciembre de 2017. La Citación N° 25 fue notificada el 15 de abril de 2020, más de dos años y cuatro meses después. El SII emitió Liquidación N° 52 de 2020 rechazando gastos de indemnizaciones laborales y civiles, y realizando compensación entre nuevos impuestos determinados y crédito de capacitación, denegando devolución de $113.047.64
El tribunal examina tres cuestiones principales: primero, si la Citación y Liquidación caducaron conforme al artículo 59 del Código Tributario, considerando que desde la confirmación de recepción de antecedentes (7 de diciembre de 2017) hasta la citación (15 de abril de 2020) transcurrieron más de 24 meses sin acciones fiscales. Los plazos del artículo 59 son fatales y de caducidad. Segundo, respecto a la compensación, el SII agregó gastos objetados a la base imponible, aumentando impuesto de $149.958.302 a $450.066.776, y luego compensó directamente con el crédito de capacitación de $263.025.
El texto corresponde a los considerandos iniciales del fallo, presentando argumentos del reclamante. No se evidencia la resolución final del tribunal en el fragmento proporcionado.
“INVERSIONES ALSACIA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION GRANDES
CONTRIBUYENTES”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 3661,64
Multa UTM 0
Reajuste UTM 31,12
Intereses UTM 2383,73
Cuantía Bruta UTM 6076,49
Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco.
I.- VISTOS:
Que a folio 1 comparece Verónica de Aguirre Cox, abogada, cédula de Identidad No. 12.108.429-5, en representación de Inversiones Alsacia S.A. sociedad del giro transporte público de pasajeros, Rol Único Tributario N°99.577.400-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida
Apoquindo 3472, Oficina 1901, Las Condes, quien dentro de plazo legal, teniendo un interés actual comprometido, y de conformidad al artículo 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 52 de 2020, emitida con fecha 28 de agosto de 2020, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, notificada el mismo día, en consideración a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
Señala que en primer lugar, en esta causa disputo la validez de la Liquidación y de su antecedente, la Citación N° 25 de 15 de abril de 2020, (“la Citación”), por haber sido emitidas fuera de los plazos de caducidad establecidos en el artículo 59 del Código Tributario (“CT”) en su redacción vigente a la fecha de la emisión de las mismas.
Disputo también la validez de la Liquidación por haberse emitido excediendo las facultades legales que detenta el SII, vulnerando las normas constitucionales que rigen la actuación de los funcionarios públicos. Lo anterior, ya que en la Liquidación el SII realizó una compensación entre una devolución a la que mi representada tenía derecho y el impuesto determinado en dicho acto, excediendo así sus facultades legales e infringiendo las normas que regulan la institución de la compensación, como explicaremos más adelante en este Reclamo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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