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Tribunal · solo Pro
SERVICIOS AUSTRAL PATAGONIA S.A con SII
Fecha: 17-04-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Servicios Austral Patagonia S.A. impugna liquidaciones del SII por IVA y Renta de 2017-2019, alegando defectos formales en su emisión y falta de fundamentación suficiente.
La empresa fue fiscalizada por el SII respecto de sus declaraciones de IVA durante 2017-2018, detectándose compras a proveedores con situación tributaria irregular (observación W39). Se requirió acreditar la efectividad de servicios de Jorge Llancalahuén. El SII emitió Citación Nº 46 cuestionando créditos fiscales e ingresos. Posteriormente, el 11 de septiembre de 2020, se emitieron Liquidaciones Nºs 92 a 110 determinando diferencias en IVA, Impuesto Único del artículo 21 LIR y reintegros.
La reclamante sostuvo que las liquidaciones adolecen de vicios de nulidad: (1) respecto de liquidaciones de reintegro (Nºs 109-110), argumentó que el artículo 24 inciso final del CT solo autoriza al SII a girar reintegros, no liquidarlos, asimilándolos a retenciones; (2) alegó insuficiencia de fundamentación conforme artículos 6 CPR, Ley 19.880 y art. 8 bis CT modificado por Ley 21.210, exigiendo expresión clara de hechos, derecho y razonamiento lógico-jurídico; (3) cuestionó que se tasara base imponible sin justificación adecuada cuando el SII contaba con información suficiente; (4) criticó l
El texto presenta los argumentos de la reclamante pero no contiene la parte resolutiva del fallo por ser un extracto incompleto del documento.
Seiscientos dieciséis 616
Punta Arenas, diecisiete de abril de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Uno.- A fojas 25 y siguientes comparece don Hernán Pedro Lara Cancino, ingeniero, RUT Nº 9.571.885-K, en representación de la Sociedad Servicios Austral Patagonia S.A., RUT Nº76.462.522-6, empresa del giro servicios de construcción de obras menores, ambos domiciliados para estos efectos en Condominio Los Vascos, casa A 23, kilómetro 10,5 Norte, comuna de Punta Arenas, quien viene en interponer reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nº 92 a Nº110, emitidas por la Dirección Regional de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena del Servicio de Impuestos Internos (SII), con fecha 11 de septiembre de 2020, y notificadas por correo electrónico enviado en la misma fecha, la que solicita dejar sin efecto con costas, de conformidad a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: I.- ARGUMENTOS DE HECHO.
Señala que conforme se indica en la Liquidaciones, de las revisiones practicadas a las declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante los años 2017 2018 surgió la observación codificada como W39, esto es, control precautorio a contribuyentes que realizan compras a proveedores con situación tributaria irregular, lo que significó que se les solicitara a su representada diversos documentos del proveedor Jorge Llancalahuén, entre ellos las copias de las facturas Nºs. 10,12,15,17,23,34,35 y 37, las órdenes de trabajo de cada una de ellas, todo lo cual consta en el acta de Recepción de documentos de 10 de junio de 2019.
Indica que lo anterior es relevante toda vez que el SII tuvo en su poder los antecedentes tributarios de su representada, y no obstante ello con fecha 9 de junio de 2020 se emitió la Citación Nº 46, referida a los conceptos siguientes:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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