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Tribunal · solo Pro
Maldonado Orellana con SII
Fecha: 12-05-2025 · Materia: Resolución · Juez: Daniela Soto-Cuadra Presley
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por denegación de devolución de IVA por compra de departamento. El tribunal confirma que no se cumplía requisito de actividad gravada, pues se trataba de vivienda económica con rentas exentas.
Contribuyente Gonzalo Andrés Maldonado Orellana compró el 22 de septiembre de 2023 un departamento en Condominio Novus, Macul, pagando $122.212.623 con IVA de $18.959.973. Inició actividades de arrendamiento amoblado el 25 de septiembre de 2023. Solicitó devolución de crédito fiscal IVA conforme artículo 27 bis LIVS. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°96 de 18 de abril de 2024, alegando incumplimiento de requisitos. El reclamante impugnó señalando que el inmueble contaba con mobiliario necesario.
El tribunal analiza que el departamento fue calificado como vivienda económica conforme DFL N°2 de 1959, por lo que sus ingresos por arrendamiento están exentos de IVA según artículos 12 y 15 de la LIVS. Determina que el contribuyente no cumple con el requisito de que el bien sea destinado a operaciones gravadas con IVA, pues conforme los Oficios del SII N°1.017 y 1.452, los beneficios del DFL N°2 se aplican independientemente de asignación a empresa. La prueba rendida demuestra que bienes muebles fueron retirados posteriormente por solicitud del arrendatario, contradiciendo la caracterización
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°96 de 18 de abril de 2024 en todas sus partes. Se condena en costas al contribuyente reclamante por haber sido completamente vencido.
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MALDONADO con SII
Cuantía: 510,49 UTM
En Arica, a doce de mayo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
RECLAMACIÓN
A fojas 1, mediante escrito ingresado en el portal de Internet de este Tribunal, con fecha 28 de octubre de 2024, a las 16:23 horas, según consta en Certificado de Envío y Recepción N°277092 de fs. 49 emitido por este Tribunal, comparece el abogado Iván Troncoso Valverde en representación de GONZALO ANDRÉS MALDONADO ORELLANA, empresario, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario N°13.903.846 -0, con actividad afecta a Impuesto de Primera Categoría y afecta a IVA, tributando en régimen semi integrado del artículo 14 letra A9 del LIR, con actividad en alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias y Compra, venta ya alquileres (excepto amoblados) de inmuebles, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N°391, oficina 52 , ciudad y comuna de Arica, en virtud del cual deduce reclamo judicial en contra de la Resolución de Exenta N°96 de 18 de abril de 2024, dictada por el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos don Orlando Godoy González, la que no dio lugar a la solicitud de devolución de IVA, por cuanto rechaza la devolución del remante de crédito fiscal contenido en la factura N°539 de 22 de septiembre de 2023, respecto del que se solicitó su devolución amparado en el artículo 27 bis de la ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, por la adquisición del activo fijo tipo departamento ubicado en Avenida Américo Vespucio N°4455 departamento 703 E piso 7, Edificio E, condominio Novus, comuna de Macul, extendida por Inmobiliaria Américo Vespucio N°4641 S.A. RUT 76.709.960 -6, solicitando se deje sin efecto dicha resolución y en su lugar que se disponga la devolución del remanente de crédito fiscal IVA por adquisición de activo fijo, de acuerdo lo faculta el art.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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