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Tribunal · solo Pro
Espinoza Ayala con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 14-09-2017 · Materia: Resolución
OTRO Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal declara inadmisible reclamo: respecto de la primera resolución por extemporaneidad y respecto de la segunda por no ser acto susceptible de reclamación tributaria.
Contribuyente cirujano dentista declaró gastos presuntos (código 494) en lugar de gastos efectivos (código 465) en Formulario 22 AT 2016 por error de su contadora. Solicitó devolución y rectificación al SII, quien la denegó mediante Res. Ex. N°77317068434. Interpuso reposición administrativa, también denegada por Res. Ex. N°72901/2017. Reclamó judicialmente ambas resoluciones pidiendo se le permitiera rectificar su declaración.
El tribunal razona que respecto de la Res. Ex. N°77317068434, el reclamante tomó conocimiento de ella el 02.02.2017 al interponer reposición administrativa, operando notificación tácita conforme art. 47 Ley 19.880 en relación al art. 2 CT, por lo que el plazo de 90 días venció el 26.05.2017, siendo el reclamo del 27.06.2017 extemporáneo. Respecto de la Res. Ex. N°72901/2017, el tribunal estima que no es un acto reclamable conforme al art. 124 CT, pues no corresponde a liquidación, giro, pago ni resolución que incida en el pago de un impuesto, sino que resuelve una reposición administrativa; ad
Se acoge recurso de reposición del SII y se declara inadmisible el reclamo de Roberto Espinoza Ayala contra ambas resoluciones exentas. Sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT N°: Rol · solo Pro.
En Arica, a catorce de septiembre de dos mil diecisiete.
VISTO:
A fs . 1, escrito, de 27 de junio de 2017 , presentado por don
Roberto Carlos Espinoza Ayala, chileno, casado, cirujano dentista, Cédula Nacional de Identidad N° 11.846.580 -6, domiciliado en V icuña Mackenna N° 644 de esta ciudad, mediante el cual interpone reclamo en contra de la Res. Ex. N° 77317068434 del SI l, de fecha 17 de enero de 2017, dictada por doña Mireya Huerta Vargas, y Res. Ex. N° 72901/2017 del S Il, de fecha 27 de marzo de 2017 dictada por don Julio Crespo Fernández, notificada el mismo día , en virtud de los fundamentos y las consideraciones de hecho y de derecho que expone.
En primer lugar , señala que inició actividades el 01 de Enero de 1996, t ributando en calidad de contribuyente desde el mismo año y que, actualmente, como persona natural, con actividades de venta en primera categoría, tributa con Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor agregado, y realiza además la prestación de servicios odontológicos afectos al Impuesto Global Complementario o Adicional en segunda categoría, por lo que tributa sujeto a las normas del artículo 14 de la Ley de la Renta en primera categoría, y en segunda categoría por la actividad de prestación de servicios odontológicos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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