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Tribunal · solo Pro
ESTACIONA PRO SPA con SII
Fecha: 28-05-2025 · Materia: Artículo 97 N° 6 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Estaciona Pro SPA contra multa por infracción al artículo 97 N°6 CT por entrabamiento de fiscalización, confirmando que el empleado ocultó documentación con anotaciones de ventas.
Fiscalizadores del SII realizaban fiscalización 'puerta a puerta' en establecimiento de estacionamiento y lavado de vehículos el 19 de enero de 2019. Solicitaron talonario de boletas y formularios 29. Al revisar el talonario, detectaron discrepancia entre boletas emitidas y número de vehículos. Solicitaron un cuaderno con anotaciones de operaciones diarias. El encargado del local, de nacionalidad haitiana con tres días de prueba, se negó a exhibirlo, lo ocultó en el interior del local y retiró también el talonario de boletas, impidiendo continuar la fiscalización.
El SII actuó dentro de sus facultades legales conforme a artículos 1, 42 N°2 y 51 del DFL N°7/1980 (Ley Orgánica del SII) y artículos 6 y 86 del Código Tributario, siguiendo protocolo de Circular N°64 de 2001. Los fiscalizadores se identificaron correctamente y solicitaron documentación obligatoria. No existió error de prohibición vencible, pues el empleado tuvo conocimiento de la norma infringida y de las consecuencias. Los fiscalizadores reiteraron en varias ocasiones que la conducta constituía infracción, pero el empleado, de forma libre y con pleno conocimiento de ilicitud, continuó oculta
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto por Estaciona Pro SPA contra la notificación de infracción de fecha 19 de enero de 2019, confirmando la multa aplicada por infracción al artículo 97 N°6 del Código Tributario por entrabamiento de fiscalización.
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“ESTACIONA PRO SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT: Rol · solo Pro
RUC: 19-9-0000129 -3
Cuantía Neta UTM 0
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 0
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco
VISTOS:
A fojas 01 comparece don CRISTÓBAL CEARDI MEDINA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 15.618.191 -9, en representación de ESTACIONA PRO SpA., rol único tributario 76.735.701 -k, del giro de su denominación , ambos con domicilio en calle Carlos Condell Nº60, Comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, deduciendo reclamo en contra de la notificación de Infracción de fecha 19 de enero de 2019, Formulario 3294, folio Nº1053323, cursada por el SII por haberse infringido la norma del numeral 6 del artículo 97 del Código Tributario , consistente en "entrabar la fiscalización a no aportar documentación del local y registros auxiliares con anotaciones donde se registran ventas omitidas, el encargado se niega a aportar documentación y a identificarse" , solicitando la condonación de la multa , fundado en los antecedentes de hecho y de derecho que se resumen a continuación:
- El funcionario del SII a cargo de la fiscalización solicitó un Libro auxiliar que ya no manejan, toda vez que para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos, a contar del 01 de agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas y la de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas.
- No hay traba a la fiscalización. Señala que la revisión oculta y sin autorización por parte del fiscalizador de un cuaderno propio de los empleados provocó que el empleado a cargo del local se asustara y por ello le negó la posibilidad de revisarlo. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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