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Tribunal · solo Pro
CÁCERES ACOSTA con SII
Fecha: 11-06-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE+1.000M Ha Lugar Ha Lugar
Reclamación tributaria contra liquidaciones de impuesto a la renta años 2013-2015, vinculadas a pérdidas tributarias y retiros presuntos de cuentas por cobrar entre relacionados.
Herriett Patricia Cáceres Acosta, empresaria individual dedicada a inversiones y rentas de capitales, reclamó liquidaciones N°743 y 744 del SII (2016) relativas al AT 2015. El SII cuestionó: (1) una pérdida tributaria de $156.034.707 por aplicación de corrección monetaria del saldo deudor según artículos 29-34 LIR, alegando que el Capital Propio Tributario no era correcto por falta de acreditación de partidas; y (2) un agregado de $1.541.224.630 por cuentas por cobrar consideradas retiros afectos al artículo 21 inc.3° i) LIR, consistentes en cuentas por cobrar a empresas relacionadas (Tecnoima
El tribunal debió analizar dos cuestiones principales: (1) la procedencia de la pérdida tributaria y corrección monetaria del saldo deudor con arreglo a los artículos 29-34 LIR; y (2) si las cuentas por cobrar configuraban retiros presuntos conforme al artículo 21 inc.3° i) LIR. Respecto del primer punto, el SII cuestionó que el Capital Propio Tributario fuera incorrecto sin haber declarado previamente la contabilidad como no fidedigna conforme al artículo 21 del Código Tributario, lo que según la reclamante viciaba las liquidaciones. En cuanto al segundo punto, la controversia se centró en si
El tribunal analizó la documentación aportada, especialmente libros mayores, facturas y actas de accionistas de Tecnoimagen de Chile S.A., así como antecedentes de sentencias previas que rechazaron reclamaciones similares de la actora en años anteriores, confirmadas por instancias superiores y la Corte Suprema. El fallo no consigna la parte dispositiva completa en el texto proporcionado, pero se d
“CÁCERES ACOSTA, HERRIETT PATRICIA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, once de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Mónica Apablaza Núñez, abogado, en representación de HERRIETT PATRICIA CÁCERES ACOSTA, RUT N°7.012.290-1, domiciliada en Paul Claudel N°1135, departamento 7-A, comuna de Vitacura, Santiago, quien, interpone reclamo en contra de las Liquidaciones Nros. 743 y 744, practicadas con fecha 28 de abril de 2016, por la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur (en adelante, DRMSS) del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarlas sin efecto, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En un primer apartado de su libelo de reclamo titulado: “ANTECEDENTES”, explica que, la reclamante desarrolla sus actividades como empresaria unipersonal desde el 02/12/2012, siendo su giro inversiones y rentista de capitales mobiliarios en general, y en tal carácter afirma no tener facturas, ni boletas y contar solamente con autorización de timbraje de libros contables; que, entre sus activos, es dueña de acciones de Tecnoimagen de Chile S.A. y titular de activos financieros y cuentas por cobrar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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