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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA CIUDAD DEL NORTE S.A. con SII
Fecha: 17-06-2025 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Inmobiliaria reclama sobretasa territorial aplicada bajo art. 7 Bis Ley 17.235, argumentando que 250 inmuebles fueron vendidos antes del período gravable, cuestionando inclusión en base imponible.
Inmobiliaria Ciudad del Norte S.A., empresa inmobiliaria del Holding Salfacorp, fue notificada el 12 de diciembre de 2022 de una sobretasa en impuesto territorial conforme al artículo 7 Bis de la Ley 17.235 (incorporado por Ley 21.210). El SII calculó la sobretasa sobre la suma de avalúos fiscales registrados al 31 de diciembre de 2021. La reclamante presentó RAV el 21 de diciembre de 2022 (Nº 65.545), rechazada por Resolución Exenta Nº 169.104 de 25 de abril de 2023. Aduce que 250 inmuebles específicos fueron vendidos con anterioridad al período gravable, acreditándolo con inscripciones de do
La controversia central radica en si los inmuebles vendidos antes del período 2022 debieron incluirse en la base imponible de la sobretasa. El artículo 7 Bis de la Ley 17.235 establece una sobretasa anual sobre el avalúo fiscal total en la parte que excede 670 UTA. La base imponible corresponde a la suma de avalúos fiscales registrados al 31 de diciembre del año anterior. La reclamante sostiene que los inmuebles enajenados previamente no debieron considerarse, acompañando inscripciones de dominio que acreditan las enajenaciones. El SII objetó que algunas inscripciones contenían errores en el t
Pendiente de conocer la resolución final del tribunal en la parte dispositiva del fallo, al ser el documento suministrado trunco en su conclusión.
“INMOBILIARIA CIUDAD DEL NORTE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 1679,65
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 1679,65
Santiago, a diecisiete de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS.
I.- FASE DE DISCUSIÓN.
A.- RECLAMO.
Con fecha 14 de junio de 2023, en folio 1-23, compareció doña María Fernanda Muñoz Campos, chilena, abogada, C.I. N° 15.020.403-8, en representación de Inmobiliaria Ciudad del Norte S.A. RUT Nº 96.976.080-0, con domicilio en Avenida Presidente Riesco N° 5335, piso 11, comuna Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, quien interpuso Reclamo Tributario en contra de la Sobretasa aplicada en virtud del Artículo 7 Bis de la Ley N°17.235 mediante Carta N° 10153008, y el Giro de Sobretasa de Reemplazo Folio N° 8083231 de fecha 12 de diciembre del año 2022, notificados por mail de la misma fecha, emitidos por don Christian Soto Torres, Director Regional de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
Hizo presente que respecto al giro indicado anteriormente se presentó Reposición Administrativa Voluntaria o RAV con fecha 21 de diciembre del año 2022, la cual tomó el número 65.545 y se resolvió mediante la resolución Exenta N°169.104 (con fecha 25 de abril de 2023) conjuntamente con las RAV Números 65.544 y 65.546, todas las cuales fueron rechazadas, ya que no obstante se acompañaron inscripciones de dominio donde se acreditaba que inmuebles se habían vendido con anterioridad al periodo respectivo, la fiscalizadora no las consideró por en algunos casos estar mal tecleado el Rol de Avalúo, lo cual no interfiere en nada legalmente para que el vendedor sea propietario del inmuebles en cuestión.
I.- Antecedentes.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
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Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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