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Tribunal · solo Pro
CORPBANCA CORREDORES DE BOLSA SA con SII-DIRECCCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 19-06-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Corpbanca Corredores contra liquidaciones de IVA por crédito fiscal proporcional mal calculado; confirma método del SII basado en operaciones totales sin descontar costos.
Corpbanca Corredores de Bolsa S.A. fue fiscalizada por el SII mediante Notificación N°620 de junio 2015 por el programa IVA Cadena de Proveedores, revisando períodos junio 2012 a mayo 2015. Se emitieron Liquidaciones Nos. 184 a 206 de noviembre 2016 con cuatro conceptos: A) crédito fiscal IVA no acreditado por cálculo incorrecto de proporcionalidad; B) crédito fiscal improcedente por documentos contabilizados múltiples veces; C y D) otros ajustes. La contribuyente argumentó que sus operaciones financieras complejas (pactos, simultaneas, trading) de bienes incorporales no son ventas conforme LI
El tribunal analiza la proporcionalización del IVA crédito fiscal según artículo 23 LIVS y artículo 43 de su reglamento. Respecto al método de cálculo: la contribuyente utilizó selección de cuentas de ganancia descontando costos, lo que no corresponde a operaciones totales del período; el SII utilizó ventas exentas declaradas en formulario 1891, considerando operaciones totales sin descontar costos, cumpliendo así con la normativa. Se rechaza la invocación de oficios SII Nos. 2073, 2985 y 532 por referirse a supuestos distintos (bonos de carbono, servicios, tarjetas de crédito) sin relación co
Se rechaza el reclamo de Corpbanca Corredores contra Liquidaciones Nos. 184 a 206. Se declara improcedente la solicitud de rectificación conforme artículo 127 CT en cuanto la contribuyente acepta los cálculos del SII.
“CORPBANCA CORREDORES DE BOLSA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Juan Pablo Cabello Palma, abogado, RUT N°12.694.941-3, domiciliado en Avenida Alonso de Córdova N°5900, oficina N°301, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en representación de CORPBANCA CORREDORES DE BOLSA S.A., RUT N°96.665.450-3, sociedad del giro corredores de bolsa, domiciliada en Rosario Norte N°660, piso N°17, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 184 a 206, practicadas con fecha 29 de noviembre de 2016, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarlas sin efecto parcialmente en relación a sus Conceptos A, B y D, en el siguiente sentido: a) en relación al Concepto B, acogiendo el cálculo de la proporcionalidad de los créditos fiscales IVA de utilización común, conforme la propuesta efectuada por la contribuyente en su respuesta a la Citación N°01, de fecha 15 de enero de 2016, expuesta en los antecedentes preliminares de la reclamación; b) Respecto a los Conceptos A y D, aceptando la rectificación de las declaraciones de impuestos mensuales contenidas en los formularios 29 de Corpbanca Corredores de Bolsa S.A. correspondientes a los períodos de julio de 2013 a mayo de 2015, conforme lo dispuesto en el artículo 127 del Código Tributario, según lo expuesto en los antecedentes preliminares de la reclamación; y, c) en cualquiera de los casos, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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