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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL AGRICOR LIMITADA con SII
Fecha: 17-07-2025 · Materia: Resolución · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra resolución del SII que rechazó solicitud de anulación de giro prescrito, por ser la resolución sobre petición administrativa no susceptible de reclamación conforme art. 6 CT.
AGRICOR presentó F22 AT 2018 el 26.04.2018. El 20.07.2021 se emitió liquidación N°180401469 por $97.378.017, notificada el 21.07.2021. El 01.07.2024 se emitió giro N°235455618 por igual monto, notificado el 19.07.2024. El 16.09.2024 la empresa presentó solicitud de revisión de actuación fiscalizadora. El 09.12.2024 se acogió en parte por Resolución Exenta N°227.986, rebajándose el giro a $33.031.090 y emitiéndose nuevo giro el 30.12.2024. El 28.02.2025 AGRICOR presentó petición administrativa solicitando anulación del giro por prescripción. El 13.03.2025 el SII emitió Resolución Exenta N°148 r
El tribunal analiza la naturaleza jurídica de la resolución reclamada, concluyendo que se trata de una resolución sobre petición administrativa de revisión de actuación fiscalizadora regulada en numeral 5 letra B artículo 6 CT. Según la norma, tales resoluciones no son susceptibles de recurso o reclamación alguna. El tribunal sostiene que aunque el SII no alegó expresamente la inadmisibilidad, debe aplicar la norma vigente de oficio. La reclamante intenta argumentar que reclama contra un nuevo giro, pero el tribunal constata que solo existe un giro modificado que experimentó rebaja por la reso
Tribunal rechaza el reclamo en todas sus partes. Deja sin efecto la suspensión de cobro. No condena en costas por haber motivos plausibles para litigar. Notifica a las partes según lo dispuesto.
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RESUMEN:
PARTES: SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL AGRICOR LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
MATERIA: RESOLUCIÓN.
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA BRUTA: 4.236,87 UTM.
La Serena, diecisiete de julio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Que a fojas 14 y siguientes, con fecha 27 de marzo de 2025, comparece don HUGO GALLARDO SANTIBAÑEZ, abogado, cédula nacional de identidad N°13.150.827-1, en representación, según se acreditará, de SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL AGRICOR LIMITADA (en adelante también el “Reclamante”), del giro de su denominación, RUT N°77.537.340 -7, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Antonio Varas N°303, oficina 1010, Providencia, Santiago.
Indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Código Tributario, v iene a deducir reclamo tributario en contra de la RESOLUCION EX. N°148, emitida el 13 de marzo de 2025 y notificada por correo electrónico con fecha 14 de marzo de 2025, por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, entidad que ante la solicitud formulada por el contribuyente sobre dejar sin efecto el Giro N°235455618 por haberse emitido por parte del SII fuera de los plazos de prescripción, resolvió negar lugar a dicha solicitud por considerar que el Giro fue emitido dentro de los plazos de prescripción, de manera que la resolución reclamada al dar validez al Giro prescrito, en los hechos ha incidido en el pago del impuesto a la renta y/o en los elementos que sirven de base para determinarlo.
ANTECEDENTES
Señala que el 26.04.2018, su representado presentó su F22 AT 2018, declarando impuesto de Primera Categoría.
Expresa que el 20.07.2021, el SII emite Liquidación N° 180401469, determinando diferencias de impuesto de Primera Categoría respecto del AT 2018, por la suma de $97.378.017. 2
Narra que el 01.07.2024, el SII emitió Giro de impuestos por $97.378.017.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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