Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

Hotelera Francisco de Aguirre Ltda. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Fecha: 29-09-2011 · Materia: Resolución · Juez: cesar_verdugo_reyes

HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Se acoge parcialmente el reclamo: se confirma la resolución respecto a cuentas por cobrar de 2001-2006 por falta de acreditación, pero se revoca en cuanto a facturas de 2007 pagadas en 2008, que debían excluirse del cálculo de retiros presumtos.

Hechos

Hotelera Francisco de Aguirre Ltda. fue fiscalizada por el SII respecto de un saldo de cuentas por cobrar de $336.337.019 al 31 de diciembre de 2007. El Servicio requirió documentación y efectuó citación conforme art. 63 CT. La contribuyente alegó haber entregado antecedentes; que la deuda era efectiva; que las causas de su acumulación eran políticas comerciales (convenios a 30, 60, 90 días), desconocimiento de circulares sobre castigo de créditos menores, y problemas en imputación de pagos. El SII estimó inexacreditada la cuenta y presuntuó retiros de los socios.

Considerandos clave

El tribunal distingue dos períodos: 2001-2006, donde los antecedentes no fueron suficientemente acreditados (facturas pagadas contabilizadas como pendientes, libro de inventarios timbrado tardíamente en julio 2009, falta de procedimientos de cobro judicial/extrajudicial sistemáticos, y que no se aportó documentación completa en fiscalización), confirmando la presunción de retiros en esa parte. Respecto de 2007, siendo normal que prestaciones de ese año se cobre en períodos siguientes, el tribunal valida que más del 50% de esa deuda se canceló en 2008 (comprobado en perícia: $149.817.988), lo q

Resolutivo

Se acoge en parte el reclamo. Se confirma la Resolución Exenta N° 001 en cuanto a cuentas por cobrar de 2001-2006. Se rebaja de la resolución el total de facturas pendientes de pago al año 2007 emitidas en ese mismo año. Se rechaza el incidente sobre exclusión de pruebas (art. 132 CT modificado por Ley 20.322) por no vigencia a la fecha de la citación.

Texto del fallo

RESUMEN:

PARTES: HOTELERA FRANCISCO DE AGUIRRE LIMITADA CON SERVICIO

DE IMPUESTOS INTERNOS

RUC N°: Rol · solo Pro

RIT: Rol · solo Pro

MATERIA: Reclamo de Resolución

La Serena, veintinueve de septiembre de dos mil once.

VISTOS:

Que a fojas 14, con fecha 6 de abril del año en curso, comparece don LUIS GASTÓN IVER HUDSON , abogado, cédula nacional de Identidad número [RUT reservado], patrocinante de HOTELERA FRANCISCO DE AGUIRRE LIMITADA, rol único tributario número 77.377.720-9, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Avenida Cordovez 210, La Serena, cuyo representante es Don Faustino Alonso González, cédula nacional de Identidad número [RUT reservado], y viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de Resolución que más adelante se individualiza, emanada del Servicio de Impuestos Internos IV Dirección Regional La Serena.

El acto materia de la reclamación es la Resolución Exenta N° 001 de fecha 30 de Noviembre de 2010, rolante a fojas 1, notificada por carta certificada despachada a la reclamante con fecha 6 de diciembre de 2010; fundada en que, a fin de verificar la procedencia de los saldos de las cuentas por cobrar que ascienden a la suma de $336.337.019, por el año tributario 2008, se le solicitó al reclamante los libros diario, mayor, balances e inventarios, libro FUT, declaraciones de impuestos y documentación sustentatoria; que dicha solicitud de información se realizó primero mediante requerimiento efectuado por notificación N° 0006698 de fecha 30 de julio de 2010 y, posteriormente, a través de citación número 66 de fecha 29 de octubre de 2010, a la que el reclamante no dio respuesta, en cuanto no aportó los libros inventario y balances y documentación sustentatoria. Conforme lo anterior, se ordena la reducción del saldo FUT de la empresa y la agregación a los retiros imputados al FUT por la suma de $336.337.019.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

Artículos citados:

Fallos similares · misma materia y tribunal

Más fallos del mismo tribunal

Temas tratados en este fallo

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA