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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-12-2016 · Materia: Resolución · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+100M Confirmatorio
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Ecomac Tres S.A. contra denegación de devolución de $269.941.973 por pagos provisionales de utilidades absorbidas, confirmando Resolución Exenta N°291 del SII.
Inversiones Ecomac Tres S.A., sociedad de inversiones constituida el 14 de diciembre de 2010, solicitó devolución de $269.941.973 por crédito de primera categoría por utilidades absorbidas en su declaración de renta del año 2015. El SII cuestionó el monto de gastos de depreciación y otros gastos de asesoría, requiriendo antecedentes. Mediante Resolución Exenta N°291 de 5 de mayo de 2016, el SII denegó la devolución. La reclamante argumentó deficiencias en la motivación de la resolución, falta de firma del Director Regional y la necesidad de los gastos incurridos.
El Tribunal establece que la fundamentación de actos administrativos es un principio general del derecho administrativo con base constitucional. Sin embargo, la resolución cuenta con motivación suficiente al indicar falta de acreditación de pérdida tributaria y origen de créditos. La carga de la prueba recae en el contribuyente conforme artículo 21 del Código Tributario. El Tribunal constata que la reclamante no acreditó fehacientemente que los gastos sean necesarios para producir renta afecta a primera categoría, toda vez que los ingresos provienen de dividendos (exentos) y reconocimientos co
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°291 del SII de 5 de mayo de 2016 que deniega la devolución de impuestos. No se condena a costas por existir motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: CONSTRUCTORA ECOMAC TRES S.A. CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: 16-9-00000944-9
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Procedimiento General de Reclamación.
La Serena, veintiocho de diciembre de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Que a fojas 133 y siguientes, con fecha 2 3 de agosto del año 201 6, don
EDMUNDO MARCELO RAMÍREZ CHACÓN abogado, en representación, de la sociedad
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A., Rol Único Tributario N° 76.162.185-8, del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Manuel Antonio Matta N° 221, comuna de La Serena; viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta número 291 de fecha 05 de mayo de 2016, emitida por la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, en cuanto deniega la solicitud de devolución por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas, por la suma de $269.941.973, contenida en la declaración de renta del año tributario 201 5, solicitando que se deje sin efecto la resolución señalada, en base a los siguientes argumentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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