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Tribunal · solo Pro
SII con PAKAER INSTALACIONES SPA
Fecha: 24-07-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE No Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° CT por insuficiencia de prueba; SII no acompañó facturas, F29 ni registros de compras que acreditaran las maniobras maliciosas imputadas.
El SII denunció a Pakaer Instalaciones SpA por haber registrado en contabilidad y declarado en F29 de agosto de 2019 cinco facturas ideológicamente falsas emitidas por Ferretería Lo Espinoza Limitada, incrementando indebidamente su crédito fiscal de IVA por $2.168.422. La denunciada no presentó descargos. El SII sostuvo que la empresa integró una red de traspasadores de IVA crédito fiscal, utilizando facturas sin respaldo de operaciones reales con intención maliciosa de disminuir su carga tributaria.
El tribunal analizó los requisitos copulativos del tipo: (1) contribuyente afecto a IVA, acreditado; (2) realización de maniobras tendientes a aumentar créditos, no acreditado por falta de documentación de facturas, F29 y Registro de Compras; (3) carácter malicioso de las maniobras, no acreditado por insuficiencia probatoria. El tribunal aplicó la presunción de inocencia y rigurosas cargas probatorias en delitos tributarios. Concluyó que la denunciante no aportó documentación suficiente para validar efectividad de facturas, montos, declaraciones mensuales ni utilización de ellas. Sin acreditac
Se rechaza el Acta de Denuncia N°22 de 14 de octubre de 2022 en contra de Pakaer Instalaciones SpA por no haber quedado acreditados los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario.
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EN SANTIAGO, VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
Que a fojas 1 rola el Acta de Denuncia N°22 de fecha 14 de octubre de 2022, remitida por doña FAVIOLA ADROVEZ ESPINOSA , Jefa del Departamento Jurídico de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), en contra de la sociedad PAKAER INSTALACIONES SpA, RUT N°76.277.685-5, domiciliado en Pasaje Filipenses N°4037, Los Evangelistas 3, comuna de Puente Alto , por haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. El acta materia de este proceso fue notificada por cédula al contribuyente con fecha 14 de octubre de 2022 , según consta en el mismo documento.
En dicha actuación el SII indica, en resumen, que la fiscalización iniciada en contra de la contribuyente tiene su origen en una denuncia presentada ante el Ministerio Público, RUC N°1901070115 -8, por el delito de falsificación o uso malicioso de documento s públicos, efectuada por doña Maria Leanira Cumilef Carimán, RUT N°5.906.447 -9, representante legal de Ferretería Lo Espinoza LimitadA, RUT N°76.565.149 -2, quien señaló que su firma y documentos personales fueron utilizados sin su consentimiento para emitir facturas electrónicas a nombre de la sociedad, la cual solo operaba con boletas. Posteriormente, con fecha 24 de junio de 2021, el Grupo N°2 de Fiscalización de 2 la Dirección Regional Santiago Poniente elaboró un informe en el que se identificaron operaciones irregulares entre Ferretería Lo Espinoza Limitada y ocho de sus principales clientes, quienes concentraban el 61,4 % de los débitos fiscales declarados entre julio de 2017 y febrero de 2021. Entre estos clientes se encuentra la contribuyente Pakaer Instalaciones SpA, RUT N°76.277.685 -5, a quien se le emitieron las siguientes facturas: N° DOC.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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