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Tribunal · solo Pro
SUEZ WATER ADVANCED SOLUTIONS CHILE LIMITADA con SII
Fecha: 25-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza parcialmente reclamo de SUEZ contra liquidaciones tributarias por desacuerdo en deducibilidad de remuneraciones de expatriado, gratificaciones variables y asesorías, confirmando parcialmente resolución administrativa.
SUEZ Water Advanced Solutions Chile Limitada reclamó contra liquidaciones del SII (Nos. 52, 53 y 54) de mayo 2017 respecto de AT 2015 y 2016. El SII cuestionó: (1) otros haberes pagados a ejecutivo español Daniel Tugues (expatriado) por $19.633.350 (2015) y $62.426.290 (2016); (2) gratificaciones variables por $117.980.171 (2016); (3) asesorías por búsqueda de personal por $4.227.559 (2015). La reclamante argumentó que estos eran gastos contractuales obligatorios establecidos en contratos de trabajo. El SII sostuvo que faltó acreditación de políticas de expatriados, universalidad de beneficios
El tribunal analiza la deducibilidad de los gastos conforme artículo 31 N°6 de la LIR. Respecto de los otros haberes del expatriado, constata que no se acreditó fehacientemente los montos pactados en contrato para beneficios de seguros, escolaridad y viajes, por lo que sin prueba de cumplimiento de requisitos legales debe rechazarse. En cuanto a gratificaciones variables (2016), establece que siendo contractuales son obligatorias, pero el SII rechazó por imposibilidad de asociar registros contables con beneficiarios específicos e imposibilidad de verificar pago efectivo en febrero 2016. El tri
Se rechaza el reclamo en lo relativo a otros haberes del ejecutivo Daniel Tugues. Se acoge parcialmente respecto de gratificaciones variables, reconociendo como gasto deducible $63.041.000 de los $117.980.171 reclamados. Se desestima el reclamo por asesorías. Se mantienen liquidaciones con las modificaciones indicadas.
“SUEZ WATER ADVANCED SOLUTIONS CHILE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
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Santiago, veinticinco de julio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Leonidas Prieto Larraín, RUT N°12.231.695-5, en representación de SUEZ WATER ADVANCED SOLUTIONS CHILE LIMITADA, RUT N°76.166.955-9, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4800, piso 20, Torre II, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 52, 53 y 54, practicadas por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), con fecha 4 de mayo de 2017, respecto de las partidas que no fueron modificadas por la Resolución Ex. N°80.746, solicitando que sean dejadas sin efecto, reconociéndose la corrección y plena validez de las declaraciones de impuesto a la renta de los AT 2015 y 2016 y el derecho a la devolución de los Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas (en adelante, PPUA) determinados para los AT 2015 y 2016, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo denominado ANTECEDENTES, menciona que, en la declaración de impuestos a la renta AT 2015, la actora solicitó una devolución de impuestos por $71.214.175, compuesto por PPUA por $73.051.574, créditos por gastos de capacitación $833.263 y, Pagos Provisionales Mensuales (en adelante, PPM) por $118.508, menos el Impuesto único del art. 21 LIR por $2.879.170. Agrega que con fecha 25/05/2016, luego de la revisión a dicha declaración, surgieron las observaciones F77 y Q02 y que, con fecha 18/04/2016, registra una liberación centralizada por $71.214.175, monto que fue devuelto mediante depósito bancario el 29/04/2016 por la suma actualizada de $74.846.098.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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