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Tribunal · solo Pro
CELCON S. A. con SII
Fecha: 07-08-2025 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de CELCÓN S.A. contra cobro retroactivo de contribuciones por modificación de avalúos de bienes raíces, dejando sin efecto resoluciones del SII que cobraban desde 2016 cuando la división de roles ocurrió en 2019.
CELCÓN S.A. adquirió 11 lotes de aproximadamente 5.000 m² cada uno en Melipilla hace más de 20 años, con roles de avalúo N° 2025-575 a 2025-585. En 2017, el SII fusionó todos los lotes en el Rol N° 2023-575, aumentando el avalúo de $550 millones aproximadamente. En 2018, la empresa solicitó dividir nuevamente los lotes. El SII dividió el rol en 2019, creando nuevos roles N° 3500-392 a 3500-401. El SII emitió resoluciones cobrando contribuciones de forma retroactiva desde 2016, generando cuotas suplementarias por $25 millones.
El artículo 13 de la Ley N° 17.235 establece que las modificaciones de avalúos regirán desde el 1° de enero del año siguiente a aquel en que ocurra el hecho que determine la modificación. En este caso, la modificación (división de roles) ocurrió en 2019, por lo que los cobros deben efectuarse desde el 1° de enero de 2020, no de forma retroactiva desde 2016. La letra e) del artículo 12 de la Ley N° 17.235 admite modificaciones por divisiones o fusiones de predios. No concurren circunstancias que justifiquen la retroactividad permitida en los incisos 2° y 3° del artículo 13 (errores de transcrip
Acoge reclamo de CELCÓN S.A. y deja sin efecto Resoluciones Exentas N° 370, 371, 372, 373, 374, 375, 376 y 380 del 7 de junio de 2021 del SII. No se condena en costas por existencia de motivo plausible para litigar.
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EN SANTIAGO, A SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 15 de septiembre del año 2021, presentado por don ALFREDO DOMKE ZEPEDA , abogado, cédula de identidad número 10.769.698-9, en representación de CELCÓN S.A, RUT: 96. 845.550-8, ambos domiciliados para estos efectos en Ugalde N° 490, oficina 305, comuna de Melipilla, quienes en conformidad a lo dispuesto en el Procedimiento Especial de Reclamo de Avalúo de Bienes Raíces, contenido en los artículos 1 50 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de las Resoluciones Exentas N° 370, 371, 372, 373, 374, 375, 376 y 380 , todas de fecha 7 de junio del año 2021, y emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, las cuales rechazaron las solicitudes de la reclamante de fecha 5 de abril de l mismo año, en orden de eliminar las cuotas suplementarias pendientes de pago signadas como 0 -9 del año 2016; 0 -9 del año 2017; 7 -2017 y 6 -2019 de los roles de avalúos N° 3500 -400, 3500-395, 3500-398, 3500-396, 3500-401, 3500-399 y 3500-397, todas de la comuna de Melipilla.
Que, en cuanto a los hechos que ocasionaron los actos recurridos, señala que la reclamante adquirió hace más de 20 años 11 lotes de aproximadamente 5.000 mt/2 cada uno, cuyos roles de avalúo para el pago de contribuciones fueron los: N° 2025 -575; 2025-576; 2025-577; 2025-578; 2025-579; 2025-580; 2025 -581; 2025 -582; 2025 -583; 2025 -584 y 2025 -585, todos de la comuna de Melipilla, los cuales tenían en total un valor de avaluación de $563.917.398.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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