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Tribunal · solo Pro
SALAZAR AGUILERA y otro con SII
Fecha: 08-08-2025 · Materia: Giro · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyentes contra giros del SII por diferencias de impuestos derivadas de rectificaciones voluntarias de declaraciones de renta, desestimando alegación de negación arbitraria de opción de exención de IDPC.
Salazar y Gutiérrez Compañía Limitada y su socio Francisco Salazar Aguilera fueron fiscalizados por el SII por uso de facturas calificadas como falsas. La empresa rectificó voluntariamente sus declaraciones mensuales y anuales de renta (AT 2018-2020), aceptando pura y simplemente las observaciones del SII. Posteriormente, el SII emitió giros cobrando diferencias de IDPC e IGC a ambos contribuyentes. Los reclamantes alegaban haber optado por eximirse del IDPC conforme al artículo 14 ter N°3 de la LIR, pero no acreditaron formalmente haber ejercido tal opción dentro de plazo.
El tribunal consideró que: (1) la sociedad no acreditó haber solicitado formalmente la exención del IDPC en términos y plazos legales del artículo 14 ter LIR; (2) la sociedad había pagado IDPC en declaraciones primitivas sin ejercer la opción, lo que tornó precluída; (3) los giros emitidos derivaban directamente de rectificaciones voluntarias del propio contribuyente, no de actos administrativos independientes; (4) la omisión de citar al segundo socio no constituye vicio de ilegalidad, toda vez que el SII no está obligado a citar a todos los socios, sino solo a emitir giros cuando existan trib
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirman los giros emitidos por el SII (Folio Nº 51885798, 51281909, 50755980 a la sociedad y 51894148, 51285149, 50758640 a Salazar Aguilera). Se condena en costas a la parte reclamante por haber sido totalmente vencida sin motivos plausibles para litigar.
1
EN SANTIAGO, A OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 19 de agosto de 2021, rolante a fojas 1 de autos, comparece don FRANCISCO EDUARDO SALAZAR AGUILERA , chileno, empresario, RUT N°13.676.702-K, por sí y en representación de SALAZAR Y GUTIÉRREZ COMPAÑÍA LIMITADA , RUT N°76.237.396 -3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Independencia N°2077, oficina 304, comuna de Independencia, mediante el cual interpone reclamo tributario de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de los Giros de Folio N°s 51885798, 51885798; 51281909; 50755980, emitidos con fecha 13 de julio de 2021 a Salazar y Gutiérrez Compañía Limitada; y los Giros de Folio N°s 51894148, 51894148, 51285149, 51285149, 50758640 y 50758640, emitidos con fecha 15 de julio de 2021 a Francisco Salazar Aguilera, por la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , solicitando sean dejados sin efecto, por las siguientes razones.
En su escrito la reclamante sostiene, en resumen, que en el caso de autos no ha existido liquidación previa que limite la procedencia del reclamo y que la fiscalización que precedió los actos reclamados se inició por observaciones relativas al Impuesto al valor agregado (en adelante “IVA”) de ciertas facturas, las cuales fueron aceptadas y rectificadas por la sociedad contribuyente, encontrándose actualmente en proceso de pago mediante convenio con la Tesorería General de la República. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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