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Tribunal · solo Pro
SII con Transportes Alexis Navarrete Sepúlveda E.I.R.L
Fecha: 13-08-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Se acoge denuncia por abultamiento malicioso de IVA crédito fiscal y gastos. Se condena a multa de $42.721.159 equivalente al 100% de lo defraudado, aplicando circunstancias atenuantes.
Transportes Alexis Navarrete EIRL declaró en formularios F29 (abril 2022 a septiembre 2023) montos de IVA crédito fiscal sin respaldo en registro de compras, diferencia total de $34.492.928. Asimismo, abultó gastos en declaración de renta 2023 en $7.841.433. El representante legal reconoció en declaración jurada que conocía las diferencias y propuso al contador hacerlo para pagar menos impuesto. El contador confirmó que realizaba aumentos ficticios de crédito cada tres meses para desbloquear facturación.
El tribunal constató el abultamiento de crédito fiscal comparando registro de facturas con F29 declarados, confirmado por testimonios de fiscalizadores y reconocimiento expreso del representante legal y contador. El elemento malicioso está establecido por la intencionalidad de declarar números abultados, reconocida por ambos. Respecto al abultamiento de gastos, aunque con menor fuerza probatoria, se acredita por testimonio de fiscalizadores y consistencia con maniobra de créditos reconocida. Se aplicaron cuatro atenuantes (sin antecedentes previos, cooperación por rectificación y reconocimient
Se acoge acta de denuncia por ambas infracciones. Se condena a Transportes Alexis Navarrete EIRL al pago de multa total de $42.721.159: $7.841.433 por abultamiento de gastos (art. 97 N°4 inc. 1° CT) y $34.879.726 por abultamiento de IVA crédito fiscal (art. 97 N°4 inc. 2° CT), equivalente al 100% del tributo defraudado en cada caso. No se condena en costas.
1
Valdivia, trece de agosto de dos mil veinticinco
VISTOS:
A fojas tres y siguientes rola Acta de Denuncia N° 1, de 28.5.2025, levantada por el Servicio de Impuestos Internos (Servicio) de la XVII Dirección Regional Valdivia, en contra de la contribuyente Transportes Alexis Navarrete EIRL, RUT N° 76.688.263-3, representada por Alexis Navarrete Sepúlveda, RUT N°14.502.600- 8, domiciliados en Serrano N° 1.171 de La Unión. El acta se levanta por infracciones al artículo 97 N° 4, incisos 1° y 2° del Código Tributario (CT).
El acta señala que la denunciada, en los períodos tributarios de abril de 2022 a septiembre de 2023, declaró en los respectivos Formularios 29 (F29), montos de IVA crédito fiscal inexistentes, sin respaldo documental en el registro de compras. Señala, además, que el 100% de los créditos declarados durante el 2022 son inexistentes debido a que no están registrados en el registro de compras y/o carecen de respaldo documental. En consecuencia, los montos netos asociados a dichos créditos se consideran gasto re chazado y, por ello, los desembolsos relacionados a esas partidas quedan sujetas a tributación en el artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR). Agrega que los gastos irregulares han reducido indebidamente la Renta Líquida determinada para el año tributario 2023, lo que causó una reducción indebida de la carga tributaria al impuesto de primera categoría.
A fojas 7, se tiene por ingresada el Acta de Denuncia y documentos adjuntos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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