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Tribunal · solo Pro
SII con Ojeda Ampuero y otro
Fecha: 18-08-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA Ha Lugar
Se confirma denuncia contra Ojeda Ampuero y EA Renta Equipos SpA por usar facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal de IVA y gastos de renta, imponiendo multas del 100% del perjuicio fiscal.
El contador Carlos Muñoz Ojeda, teniendo acceso a certificados digitales de clientes sin su consentimiento, emitió facturas electrónicas falsas sin operaciones reales. Estas facturas fueron recepcionadas por Andrés Ojeda Ampuero y EA Renta Equipos SpA entre 2018 y 2020 para aumentar crédito fiscal de IVA y deducir gastos ficticios en impuesto a la renta. Los emisores involuntarios declararon desconocer las operaciones y nunca haber transado con los receptores. Los denunciados se allanaron a la acusación.
El tribunal acreditó mediante prueba documentada y declaraciones juradas que los denunciados actuaron maliciosamente al registrar en su contabilidad facturas ideológicamente falsas, sabiendo que no correspondían a operaciones reales. La ausencia de documentación de respaldo, el desconocimiento mutuo entre supuestos prestadores y receptores, y los montos significativos sin lógica comercial demuestran el propósito fraudulento. El allanamiento de los denunciados constituye confesión judicial que produce plena prueba de los hechos. No concurren circunstancias atenuantes, pero se aplicó multa mínim
Se confirma acta de denuncia por infracción art. 97 N°4 inciso segundo CT. Se condena a Andrés Ojeda Ampuero a multa de $14.320.379 (100% del perjuicio) y a EA Renta Equipos SpA a multa de $14.085.708 (100% del perjuicio), ambas reajustables según art. 53 CT. Se exime de costas a los condenados.
Setecientos ochenta y cinco 785
Punta Arenas, a dieciocho de agosto de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Uno.- Que mediante Oficio Ordinario Nº 26, de fecha 04 de julio del año 2024, doña Ivanessa San Martín Rojas, Directora Regional de la XII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Punta Arenas, remitió a este Tribunal el Acta de Denuncia Nº 02, de fecha 01 de julio del año 2024, emanada de dicho ente fiscalizador, en los términos siguientes:
I.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INFRACTORES.
El Acta de Denuncia imputa a los siguientes contribuyentes: 1).- Andrés Ojeda Ampuero, RUT Nº 15.309.218 -4, empresario individual, domiciliado en Parcela 150 Loteo Varillas, Punta Arenas, con giro de Arriendo de Maquinaria y Equipos de Construcción, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 Nº 4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en la realización de maniobras maliciosas tendientes a aumentar indebidamente el verdadero monto de los créditos o imputaciones que tengan derecho a hacer valer los contribuyentes en relación con las cantidades que deban pagar por concepto de impuestos, ocasionando un perjuicio al Fisco de Chile. 2).- EA Renta Equipos Spa , RUT Nº 76.711.266-1, del giro de arriendo de maquinarias, con domicilio en Parcela 150 Loteo Varillas, Punta Arenas, representada legalmente por ANDRÉS OJEDA AMPUERO, RUT Nº 15.309.218-4; por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 Nº 4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en aumentar indebidamente el IVA crédito fiscal, como también por declaración maliciosa de gastos en Impuesto a la Renta previsto y sancionado en el mismo artículo.
II.- ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN. 1.- Origen del caso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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