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Tribunal · solo Pro
UNIVERSAL MOTORS SPA con SII
Fecha: 29-08-2025 · Materia: Giro · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Universal Motors SPA contra giros del SII por falta de causa de pedir tras allanamiento total del Servicio.
Universal Motors SPA interpone reclamo tributario en procedimiento general contra 116 giros emitidos por el SII con fecha 01.04.2024, alegando que la sociedad desarrolla actividades comprendidas en los números 1°, 3°, 4° y 5° del artículo 20 de la LIR y que los bienes objeto de los giros están efectivamente destinados a su giro y son indispensables para el desarrollo de sus actividades, configurándose la exención del artículo 9° de la Ley N°21.420. El SII, al evacuar traslado, se allana totalmente a la pretensión deducida por el reclamante.
El tribunal considera que, conforme a los artículos 132 y 148 del Código Tributario, toda vez que el SII se ha allanado totalmente a la pretensión del reclamante, desaparece el fundamento inmediato de la acción deducida, lo que implica que decae la causa u objeto pedido. Por esta razón, corresponde acoger el reclamo, dejando sin efecto todos los giros reclamados. El tribunal estima que no es necesario efectuar pronunciamiento sobre el fondo del reclamo al carecer de causa de pedir y, consecuentemente, de objeto pedido.
Se acoge el reclamo de 11.07.2024. Se declara que cada parte pagará sus costas. Se dejan sin efecto todos los giros reclamados por Universal Motors SPA.
MGG
UNIVERSAL MOTORS SPA con XV D.R.M. STGO. ORIENTE DEL SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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En Providencia, a veintinueve de agosto de dos mil veinticinco.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha:
Al escrito de 26.08.2025 presentado mediante la Oficina Judicial Virtual (OJV) por apoderado de la reclamada con poder suficiente según autorización de poder de 08.10.2024 y resolución de 09.10.2024:
Advirtiendo el Tribunal que no se aporta el documento of recido que acredite la calidad de abogado del delegado y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil , a plicable según remisión con tenida en el artículo 148 del Código Tributario:
No ha lugar a la delegación de poder.
A los autos certificado emitido por la OJV.
VISTOS:
El escrito de 11.07.2024, en que comparece don César Andrés Geraldo
Gómez, C.I. N° 17.355.164-9, abogado, domiciliado en Presidente Riesco N°5685, piso 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana , en representación convencional de la sociedad reclamante UNIVERSAL MOTORS SPA, RUT N° 96.703.360-K, domiciliada en Avenida La Dehesa N°265, piso 20, comuna de Lo Barnechea , Región Metropolitana, quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamación en contra de los Giros Folios N° 8728643; 8728611; 8728641; 8728607; 8728605; 8728621; 8728623; 8728635; 8728647; 8728613; 8728631; 9621527; 9621517; 9621507; 9621497; 9621487; 9621477; 9621469; 9621459; 9621449; 9621439: 9621429; 9621419; 9621409; 9621399; 9621389; 9621379; 9621369; 9621359; 9621349; 9621339; 9621329; 9621319;
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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